La corte de Estrasburgo falla que la inacción climática va contra los derechos humanos.
Las demandantes son más de 2.000 mujeres suizas de más de 65 años.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo emitió este martes un fallo histórico y abrió una vía innovadora en su jurisprudencia al pronunciarse a favor de una de las tres demandas planteadas por la acción insuficiente de los Estados para limitar el cambio climático y señaló que Suiza había violado los derechos humanos de las demandantes, un grupo de mujeres mayores de 65 años.
Sin embargo, los jueces tumbaron una demanda que habían planteado seis jóvenes portugueses contra Portugal y contra otros 31 países europeos, a los que pretendían condenar por unas políticas insuficientes para mitigar el cambio climático.
En concreto, el TEDH falló a favor de la demanda de la Asociación KlimaSeniorinnen, un grupo de más de 2.000 mujeres suizas de edades entre los 65 y 80 años que denunciaron en noviembre de 2020 a las autoridades del país helvético por no hacer lo suficiente para cuidar de ellas. Muchas padecieron problemas de salud durante las últimas olas de calor.
Los grupos ecologistas han celebrado el fallo histórico del Tribunal a favor de una de las tres demandas planteadas por la acción insuficiente de los Estados para limitar los impactos del cambio climático, y sostienen que marca un "antes y un después en el derecho climático europeo e internacional".
En España, Ecologistas en Acción considera que se trata de un hito significativo en la lucha contra el cambio climático, no solo para Suiza, sino también para otros países europeos que enfrentan desafíos similares.
El Tribunal de Estrasburgo abre así una vía innovadora en su jurisprudencia, al considerar que se pueden pedir cuentas a un Estado por inacción y por no aplicar políticas para atenuar el cambio climático, en la medida en que está afectando a los derechos humanos de los ciudadanos. Y condena a Suiza por un marco reglamentario con "graves lagunas" en materia climática.
En concreto, constatan carencias a la hora de cuantificar los límites que deberían haberse aplicado en Suiza para las emisiones de efecto invernadero, mediante una tasa de carbono u otros medios.
Además, señalan que la Confederación Helvética no cumplió con los objetivos de reducción de esas emisiones que se había fijado, y que sus autoridades no pusieron en marcha, ni en el plazo ni de la manera apropiada, una legislación y las medidas pertinentes.
La sentencia contra Suiza implica una obligación legal para corregir las violaciones constatadas en el caso de esta asociación de mujeres dentro de un "margen de apreciación" de las propias autoridades de ese país, pero "bajo la supervisión" del Comité de Ministros del Consejo de Europa.