Indica que esta marca omite en la publicidad de sus joyas una parte de su composición, privando a los consumidores un conocimiento completo del producto
La Sala de lo Penal considera que el recurso de la asociación no puede calificarse de temerario o teñido de mala fe
Revoca la condena a costas impuesta en el auto apelado
Según la Audiencia Nacional, Tous contraviene la ley porque, aunque la firma catalana alega que el relleno de polímero que usa en su piezas está aceptado por la normativa de metales preciosos, el producto final aparenta ser una pieza totalmente de plata, cuando en realidad no lo es. La denuncia partió del sector joyero de Córdoba.
La Audiencia Nacional indica que Tous omite en la publicidad de sus productos una parte de su composición, privando a los consumidores de un conocimiento completo del producto. Para Magdalena Entrenas, la letrada de la asociación Consujoya que denunció a Tous, este fallo viene a darles la razón porque reconoce la existencia de indicios delictivos.
La Sala de lo Penal considera que el recurso de Consujoya no puede calificarse de temerario o teñido de mala fe. Revoca la condena a costas impuesta en el auto apelado.
Esta asociación de usuarios y consumidores de joyas presentó un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contra el archivo de las diligencias abiertas contra la marca Tous en las que se investigaba si la compañía había vendido joyas rellenadas con material no metálico, pese a publicitarlas como si fueran íntegramente de oro o plata.
En el recurso, la asociación planteaba que se revisara la investigación realizada durante un año por la Comandancia de la Guardia Civil y la Fiscalía de Córdoba, además de la realizada por la propia Audiencia Nacional, y que también se analice "la indebida y errónea interpretación que se ha hecho de la Ley de Metales Preciosos y de su reglamento".
Este escrito llega después de que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz confirmara a finales de febrero el archivo de la denuncia contra la marca Tous, y una vez que impuso a la asociación Consujoya el pago de las costas del recurso que presentó por "evidente mala fe y temeridad" dada la "clara inconsistencia de sus pretensiones y la injusticia y sinrazón de su acción".
Con ese auto de Pedraz, quedaba archivada la denuncia contra la joyera catalana por presuntos delitos de presuntos delitos de publicidad engañosa, estafa continuada, falsedad de documento y corrupción en los negocios, por la composición de determinados artículos de joyería que comercializa en el que usa relleno.