Un juzgado de Pamplona ha fallado a favor de un cliente de CaixaBank.
La entidad lo obligó a empaquetar el préstamo con un seguro de vida.
La póliza se firmó y abonó el mismo día del acto hipotecario.
Un juzgado de Pamplona ha fallado a favor de un cliente de CaixaBank a quien la entidad obligó en 2019 a empaquetar un préstamo con un seguro de vida cuya póliza se firmó y abonó el mismo día del acto hipotecario. El pago se financió con una ampliación del préstamo y beneficiaba a una aseguradora del mismo grupo empresarial.
La sentencia considera que esta práctica es "abusiva y radicalmente nula", y ha condenado a CaixaBank a devolver el importe de la póliza no consumido, correspondiente al tiempo pendiente de la cobertura y a contar desde el día que se reclamó al banco.
Según uno de los bufetes especializados en este tipo de reclamaciones, Bruguera Abogados, el problema en la contratación de seguros de vida asociados a préstamos hipotecarios surge cuando la entidad financiera impone la contratación de un seguro de vida como condición para obtener el préstamo hipotecario.
Se pueden presentar diversos grados de imposición, desde casos en los que el cliente no es informado y se encuentra con la "sorpresa" en la firma de la escritura ante notario, hasta aquellos en los que se le indica que es obligatorio contratar dicho seguro si desea obtener financiamiento. En todos estos casos, la característica común es la imposición del seguro por parte del banco.
Entre las prácticas más comunes se encuentra el pago del seguro de vida mediante una prima única, la cual se abona al momento de la firma del préstamo, dificultando al cliente la cancelación del seguro y la recuperación del importe. Además, el pago se descuenta directamente del monto recibido al firmar el préstamo hipotecario, sin que el dinero correspondiente a la prima esté "en poder" o "a disposición" del cliente.