El Gobierno ha aprobado el proyecto de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, cuyo objetivo es reducir el desecho de alimentos y favorecer un mejor aprovechamiento de estos.
Las medidas incluyen la obligación de la hostelería de ofrecer a sus clientes las sobras de la comida sin coste adicional y en envases reciclables, con sanción de 2.000 euros.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, cuyo objetivo es reducir el desecho de alimentos sin consumir a la basura y favorecer un mejor aprovechamiento de estos, con medidas que incluyen la obligación de la hostelería de ofrecer a sus clientes las sobras de la comida sin coste adicional y en envases reciclables, con sanción de 2.000 euros.
La nueva ley no establece obligaciones ni sanciones para los ciudadanos por el uso que hacen de los alimentos en sus domicilios, pero sí para los agentes del sector agroalimentario, desde el eslabón primario y las industrias a la distribución y la hostelería.
Les obliga a todos a contar con un plan de prevención para minimizar las pérdidas de alimento y actuar para evitarlo siguiendo un orden de prioridades, que poner en primer lugar que se destine el sobrante para consumo humano.
Esto se llevará a cabo mediante la firma obligatoria de acuerdos o convenios con bancos de alimentos en los que se deberá recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos.
El MAPA ha indicado que no ha realizado un estudio de lo que puede suponer en coste económico a los agentes del sector llevar los alimentos a los las instituciones que los van a repartir a los más necesitados, pero ha recordado que en función de la ley de residuos están exonerados del IVA en los productos que donen.
Las empresas de hostelería, además de las obligaciones anteriores, deberán facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido, salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similares.
Ni las industrias ni los bares y restaurantes están obligados a bajar los precios de venta de los productos próximos a caducar; "esto entra dentro del ámbito de las buenas prácticas", han dicho las fuentes del MAPA.
Los establecimientos del comercio minorista de menos de 1.300 metros cuadrados no están obligados a firmar un convenio con bancos de alimentos, pero sí a tener un plan de prevención para evitar que insumos comestibles acaben en la basura.
Las inspecciones para el cumplimiento de la ley estarán a cargo de las comunidades autónomas y el régimen sancionador establece faltas graves, que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, e infracciones muy graves sancionables con entre 60.001 y 500.000 euros de multa.