Este viernes se ha publicado el contenido completo de la sentencia del Constitucional que anula el primer estado de alarma.
El texto marca el camino al Gobierno de cara a futuras pandemias.
Estas son las claves de este fallo del Alto Tribunal.
El fallo acordado por un solo voto, 6 magistrados frente a 5, declara parcialmente inconstitucional el decreto del estado de alarma y, por tanto, marca una línea de actuación para el futuro.
El Constitucional deroga el punto que regulaba el confinamiento y restringía la capacidad de movimientos de los ciudadanos, pese a que se establecían excepciones como ir al trabajo, cuidar de personas dependientes o hacer la compra, entre otros.
La sentencia no cuestiona que se adoptaran medidas para combatir la pandemia, pero considera que se produjo una restricción de derechos de altísima intensidad, que en modo alguno puede quedar amparada por el estado de alarma. Derechos fundamentales como el de libre circulación por el territorio, el de fijación del domicilio -al impedir los desplazamientos- y el de reunión entre particulares.
Por todo ello, el tribunal considera que para limitar estos derechos fundamentales era preciso actuar previa aprobación en el Congreso de los Diputados sobre la declaración del estado de excepción y no el de alarma que puede decretar el Gobierno.