Multas de hasta 500 euros por no llevar casco y chaleco homologado. No podrán circular a más de 15 km/h por el carril bici.
El objetivo es frenar la siniestralidad. Solo en el Hospital Virgen del Rocío se atiende a dos personas al día por accidentes con estos vehículos de movilidad personal.
El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado este jueves la reforma de la normativa que regula el uso y la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), en concreto los patinetes. El texto ha contado con el apoyo de todos los grupos excepto Vox, que se ha abstenido.
El delegado de movilidad, Álvaro Pimentel, ha señalado que se trata de una reforma "necesaria y responsable, que da una respuesta contundente al reto de la convivencia urbana ante el incremento de la siniestralidad vinculada a este vehículo".
Entre las modificaciones más particulares que afectan al usuario se encuentran la prohibición de estacionar en aceras y zonas peatonales, así como anclarlo a elementos de mobiliario urbano o arbolado, entre otros, dado que el estacionamiento solo podrá ser realizado en los espacios habilitados para ello. Asimismo, destaca la obligación de emplear chaleco reflectante y casco de protección homologado.
Las novedades de esta modificación inciden en que se permitirá circular únicamente por vías ciclistas de la ciudad a los VMP cuya potencia nominal no exceda de 250 W, sin superar los 15 km/h, y reducirla a 10 km/h en itinerarios ciclistas compartidos con peatones; aplica a los mencionados vehículos las restricciones previstas para las bicicletas, incluida la obligación de desmontar en los horarios, fechas o circunstancias de aglomeración que así lo exijan y mantiene como edad mínima para circular con VMP los 15 años, un "requerimiento expreso hecho por la Policía Local porque considera que es la misma edad que permite el uso de una motocicleta".
Por su parte, conforme a la normativa estatal, se mantiene la prohibición de circulación de los VMP por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos, los vehículos no podrán ser ocupados por más de una persona y deberán disponer de alumbrado reglamentario. Asimismo, deberán disponer de seguro de responsabilidad civil, el certificado de circulación y deberán estar registrados en el registro de la DGT.
La prohibición de conducir un VMP utilizando auriculares, sistemas de audio, teléfonos móviles, cualquier dispositivo de comunicación o bajo tasas de alcohol o drogas, se mantiene de igual forma.
En cuanto a las sanciones, el nuevo texto contempla como sanciones leves estacionar en aceras, zonas peatonales, así como anclarlos a mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcamientos de bicicletas. Como infracciones graves, contempla circular sin cumplir la edad mínima de 15 años, no utilizar el casco de protección obligatorio abrochado o chaleco reflectante y circular por vías ciclistas con un VMP cuya potencia exceda de 250 vatios.
Las multas oscilan entre los 50 a 100 euros de las infracciones leves, los 101 a 200 euros de las infracciones graves y los 201 a 500 euros de las infracciones muy graves. Estas sanciones, tal y como ha enmarcado el Ayuntamiento, mantienen la cuantía ya establecida excepto el límite máximo de las sanciones muy graves que pasa de 400 a 500 euros.
El objetivo es frenar la siniestralidad. Solo en el Hospital Virgen del Rocío de Sevilla se atiende a dos personas al día por accidentes con estos vehículos de movilidad personal. Los patinetes eléctricos ya suman unos 40.500 desplazamientos diarios, el 37 % del tráfico total en el carril bici.