acuerdo entre las partes
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Dos policías de Estepona condenados por violación evitan la cárcel a cambio de un curso de educación sexual

La sentencia dictaba dos años de prisión para cada uno por agredir a una joven de 18 años en 2018.  La suspensión de la condena se condiciona también a que no vuelvan a cometer delito en tres años

CANAL SUR MEDIA 28 julio 2022

La Audiencia de Málaga ha condenado a dos años de cárcel a dos policías locales del municipio malagueño de Estepona por un delito de abuso a una joven de 18 años. Además, se les ha concedido la suspensión de la condena, lo que significa que no tendrán que ingresar en prisión, lo que se condicionó a que no vuelvan a cometer delito en tres años y a que se sometan a un programa de educación sexual.

A esta condena, dictada en abril de este año, se llegó tras el acuerdo de conformidad entre las defensas de los acusados, la Fiscalía y la acusación particular, en representación de la víctima, en el que, además, estas dos partes acusatorias expresaron que no se opondrían a la suspensión de la pena, que ha concedido la Sala más tarde, aunque con el voto particular de uno de los magistrados.

Según se declara probado en la sentencia de la Sección Octava de Málaga, la víctima y dos amigos pasaban unos días en el apartamento familiar de Estepona de la chica, que residía en Madrid. Ese día, salieron de fiesta y consumieron alcohol. Cuando volvían a casa, coincidieron con un coche de la Policía Local, donde iban los acusados, que les indicaron que se bajaran del vehículo.

Cuando los dos acusados abordan por primera vez a los tres jóvenes "se encontraban uniformados, de servicio, en vehículo oficial y en el ejercicio de las funciones propias de su cargo", dice la resolución. Los agentes les dijeron que no podían llevarse el vehículo, solicitando en ese momento que la víctima les diera su teléfono móvil "para quedar con ella al terminar la jornada laboral, llegando a manifestarles que tenía dos opciones, ir con ellos o que ellos fueran a su casa".

Uno de los amigos sí le dio su teléfono para poder buscar el coche al día siguiente y sobre las 06.00 horas, aún de servicio, los dos procesados fueron al apartamento con la intención de "quedarse solos con la chica y llevársela a su domicilio", pero el amigo se negó, igual que ella, "que no desea en modo alguno quedarse a sola con los dos policías".

Entonces, todos suben al apartamento y desde que entran "ambos acusados actúan en todo momento con ánimo libidinoso, aprovechando la situación de prevalimiento que su condición de policías generaba en los tres jóvenes y especialmente en la víctima". Además, consumen cocaína; y uno de ellos le realiza tocamientos y en un momento dado, cuando la víctima se queda sola con el otro agente, este la viola sin el consentimiento de la joven.

Por estos hechos, se le condena a cada uno por un delito de abuso sexual, con la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño, ya que han pagado un indemnización de 80.000 euros a la víctima. Se le impone a cada uno dos años de prisión, libertad vigilada durante cinco años y prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicar con ella por cualquier medio durante diez años.

Asimismo, se les impuso la inhabilitación especial para empleo o cargo publico durante el tiempo de la condena. Tras los hechos, en 2018, el Ayuntamiento llevó a cabo un expediente disciplinario contra los dos policías locales y la suspensión de empleo y sueldo de los mismos.

El pasado mes de mayo, el Tribunal de la Sección Octava concedió la suspensión de la condena por tres años, ya que señala que aunque "los hechos son graves", en este caso la víctima, a través de su representación procesal, "ha manifestado de forma expresa su decisión de no oponerse a la concesión del beneficio", igual que el fiscal; además de apuntar a "la escasa probabilidad de que ninguno de los penados vuelva a cometer hechos de similar naturaleza", a que no tienen antecedentes y han pagado la indemnización.

Pero esta decisión, tiene el voto particular del presidente de la Sala, Pedro Molero. En este caso, el magistrado dice que los hechos "revelan una acusada peligrosidad criminal en sus autores, pues reflejan una relevante afectación del bien jurídico protegido y muestran una acción muy planificada por quienes eran servidores públicos", apuntando, además, que en el auto "no se contiene dato alguno que permita realizar un pronóstico de escasa probabilidad de que ninguno de los penados vuelva a cometer hechos de similar naturaleza".

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