plan de ahorro energético
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Los bares argumentan que la ley impide trabajar a más de 25 grados

El plan de ahorro energético del Gobierno fija la temperatura del aire acondicionado en 27 grados. Son 2 grados más que la permitida en una normativa de seguridad laboral anterior de 1997. Proponen que se pueda poner a 25 grados.

CANAL SUR MEDIA 5 agosto 2022

Haga el calor que haga, el plan de medidas de ahorro energético aprobado por el Gobierno incluye, entre ellas, fijar la temperatura del aire acondicionado en 27 grados. Son 2 grados más que la permitida en la anterior ley de 1997, que permite los 25 grados en lugares donde se realicen trabajos ligeros. Ley anterior a la que quiere agarrarse la hostelería andaluza para mantener más frescos a clientes y trabajadores.

Los hosteleros andaluces señalan que las medidas para el ahorro energético deben atender a los distintos climas de España y piden flexibilidad al Gobierno. Son muchos los hosteleros que no lo comparten. Algunos incluso ya han asegurado que se van a acoger a una normativa de seguridad en el trabajo. Un Real Decreto del año 1997 que establece que pueden poner el aire acondicionado a 25 grados.

Comerciantes y hosteleros andan como locos con los termostatos de su local. Consideran que en lugares como Sevilla los 27 grados no tienen sentido y afirman que los clientes se quejan por la temperatura del establecimiento. Por el calor pero también por las normas de obligado cumplimiento que a partir del martes regularán su temperatura.

Pero también hay dudas sobre la iluminación. De entrada se acabó el encendido de edificios por causas solidarias. Tampoco el decreto aclara qué pasará con los programas de visitas nocturnas en lugares turísticos.

El 9 de agosto, el martes que viene, entra en vigor la obligación de limitar la temperatura interior de los comercios a 27 grados en verano, y a 19 en invierno. A partir de ese día también tendrán que apagar los escaparates a las 10 de la noche y a partir del 30 de septiembre no podrán tener las puertas abiertas permanentemente, cuando esté funcionando algún sistema de climatización. Estas medidas son obligatorias para locales comerciales y edificios públicos, aunque el decreto publicado por el BOE establece excepciones para determinados recintos: centros médicos, peluquerías o gimnasios.

Los hospitales, colegios, peluquerías, gimnasios y lavanderías quedarán excluidas de aplicar estos topes de temperatura. También se excluye a aquellos centros donde sean precisas exenciones por lo específico del sector. Por ejemplo, las habitaciones de hoteles, que son de regulación privada.

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