VÍA DECRETO-LEY
VÍA DECRETO-LEY

Los altos cargos de la Junta deberán pedir autorización para trabajar en la privada durante dos años

El Consejo de Gobierno ha aprobado una modificación de la legislación de incompatibilidades, tras la polémica provocada por el intento de fichaje del exviceconsejero de Salud por una aseguradora.

CANAL SUR MEDIA 28 mayo 2024

Los altos cargos de la Junta de Andalucía deberán pedir expresamente una autorización para ejercer en la privada, dentro del mismo sector en el que hayan desarrollado sus funciones, durante dos años después de su cese en las funciones públicas, y si no lo hacen incurrirán en conflicto de intereses.

La Inspección General de Servicios será el organismo que instruya el procedimiento. El ejercicio en la hipotética empresa privada sin autorización constituirá una "infracción muy grave" y tendrá sanción, según el decreto-ley aprobado este martes por el Consejo de Gobierno, que modifica dos leyes anteriores.

Los altos cargos cesados que pretendan realizar una actividad privada en el mismo sector en el que hayan desarrollado sus funciones en los dos años posteriores a su cese deberán comunicarlo previamente a la Consejería competente en materia de administración pública y a obtener una autorización.

La modificación vía decreto-ley es un paso "de urgencia" y de "mínimos" para cerrar "la brecha" que se abrió con el caso del exnúmero dos de Salud Miguel Ángel Guzmán. De hecho, si quisiera incorporarse a Asisa a final de julio estaría obligado ahora a pedir a la Junta que resuelva sobre su incompatibilidad como exviceconsejero, ya que ese cargo lo dejó hace cinco meses.

La Junta seguirá trabajando en la elaboración de una nueva ley, en la que abordarán asuntos como la posible ampliación de las cesantías, ha informado el consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto. El procedimiento tiene dos posibles vías, abordar este decreto como proyecto de ley en el Parlamento una vez que se convalide en el próximo pleno, o empezar a elaborar un anteproyecto de ley desde el Gobierno autonómico.

El decreto ley aprobado prevé que, durante los dos años siguientes a su cese, los altos cargos no podrán realizar actividades ni prestar servicios en entidades privadas (incluidas las que pertenezcan al mismo grupo societario) relacionadas con expedientes sobre los cuales hubiesen dictado resolución en el ejercicio del cargo.

Además, durante los dos años tras el cese tampoco podrán firmar, ni por sí mismas ni a través de entidades participadas por ellas directa o indirectamente en más del 10 %, contratos administrativos o privados de cualquier naturaleza con la Junta de Andalucía y sus entidades dependientes, en las que hubieran prestado servicios, siempre que guarden relación directa con las funciones ejercidas.

La relación directa se entenderá cuando el alto cargo, su superior jerárquico a propuesta suya o sus subordinados, suscriban un informe preceptivo, una resolución administrativa o un acto equivalente en relación con la empresa o entidad. También cuando vote a favor de decisiones relacionadas con la empresa o entidad de la que se trate.

Sin embargo, se entenderá que no hay relación directa cuando la decisión adoptada como alto cargo no estuviera referida a una empresa o entidad en particular, sino a un colectivo de estas con carácter general y no formando parte de un procedimiento de carácter competitivo entre los distintos sujetos concurrentes.

Tampoco habrá relación directa cuando la decisión fuera dictada en un procedimiento de concurrencia competitiva a propuesta de un órgano técnico colegiado, siempre que la composición del citado órgano no haya sido decidida ni propuesta por el cargo público.

Otro supuesto que no será incompatible es haber realizado una actuación reglada basando la decisión en informes técnicos del personal al servicio de la Junta u órganos establecidos al efecto por la legislación que hayan propuesto motivadamente una única solución para adjudicar un contrato, otorgar subvenciones u otras actuaciones.

El texto también modifica la Ley de Transparencia, ya que amplía la declaración de actividades, bienes, intereses y retribuciones obligatoria para los altos cargos de forma que no sólo deben presentarla y actualizarla mientras desempeñan el puesto, sino también tras su cese.

El consejero ha señalado que se trata de "una modificación puntual, quirúrgica" en las dos leyes por las que se regulan las incompatibilidades, a la espera de tener una nueva ley, que podría estar a final de año si es por trámite de proyecto de ley en el Parlamento, o tardar año y medio si hay que elaborarla desde el Consejo de Gobierno.

Nieto considera que la ley anterior era "poco eficaz" y ahora se ha ido a "máximos", con criterios "nítidos" de qué se considera una acción directa que genera conflicto de intereses y qué no es incompatible, así como el procedimiento y el órgano encargado.

De hecho, ha expuesto que con la anterior ley, a pesar de que se cambió todo el gobierno en 2019, con la salida del PSOE, sólo una persona solicitó la autorización.

Respecto a las cesantías, que ahora mismo son de un mes por año, que serían cuatro meses por una legislatura completa, se estudiarán con la ley. El Estado establece en su ley dos años de cesantías, con el 80 % de su sueldo, pero eso supone un elevado gasto.

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