caso ERE
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La Audiencia ordena la entrada en prisión de Barberá y aplaza la de Griñán

La Audiencia considera que Barberá puede recibir su tratamiento en prisión y le da diez días para ingresar.

Pide a la defensa del expresidente que comunique el fin de la radioterapia para decidir sobre su caso.

CANAL SUR MEDIA 30 marzo 2023

La Audiencia de Sevilla ha denegado finalmente la petición del exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá, condenado a cárcel por el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, de suspender su pena de cárcel ante la enfermedad muy grave con padecimientos incurables alegada por el mismo, habilitando un plazo de diez días naturales para su ingreso voluntario en prisión. Dicha instancia admite que es "cierto que padece una enfermedad grave incurable", pero el tratamiento descrito "puede ser dispensado" en el centro penitenciario "con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido".

Así figura en un auto emitido este mismo jueves por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, difundido por la Oficina de Comunicación del TSJA y recogido por Europa Press respecto al exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, condenado a siete años y un día de prisión, y a 18 años y un día de inhabilitación absoluta, por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno continuado de malversación.

En ese sentido, recordemos que en el auto dictado el pasado 22 de diciembre por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, habilitando un plazo de ingreso voluntario en prisión para los exdirigentes de la Junta de Andalucía condenados a cárcel por este asunto, entre ellos el expresidente socialista José Antonio Griñán, el tribunal hacía una excepción en el caso de Barberá.

LA EXCEPCIÓN INICIAL DE BARBERÁ

Aunque el tribunal desestimó el recurso de súplica del ex viceconsejero de Empleo, contra el auto en el que desestimaba ya suspender las penas de prisión en espera de que el Ministerio de Justicia resolviese las peticiones de indulto y de que el Supremo hiciese lo propio respecto a sus incidentes de nulidad contra la sentencia de dicha instancia sobre los recursos de casación; sí accedió a suspender provisionalmente el ingreso en prisión de este condenado.

Ello, según el auto, "hasta que se tramite la petición de suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su defensa en base al artículo 80.4 del Código Penal, relativo al caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, al estar pendiente de informe por el médico forense".

Según la Sección Primera de la Audiencia, "el abogado de este investigado realizó en su recurso alegaciones respecto al fondo de la resolución recurrida y expuso razones humanitarias por la enfermedad que padece".

LA AUDIENCIA ESPERARÁ A QUE GRIÑÁN TERMINE SU TRATAMIENTO PARA DECIDIR

Por otro lado, la Audiencia de Sevilla ha pedido a la defensa del expresidente andaluz José Antonio Griñán que informe de la conclusión del tratamiento de radioterapia que sigue por el cáncer de próstata que padece para tomar una decisión sobre su ingreso en la cárcel tras ser condenado a seis años de prisión por el caso de los ERE.

La petición de la información de la Sección Primera de la Audiencia, notificada este jueves a través de una providencia, se produce una vez que la defensa de Griñán ha presentado un escrito con el informe médico del tratamiento que está recibiendo el expresidente de la Junta de Andalucía tras ser requerido por el tribunal el pasado 21 de marzo.

"Estese a la espera de que la defensa del penado comunique a este Tribunal que ha concluido las sesiones de radioterapia", indica la providencia de la Audiencia en relación a la ejecutoria del caso ERE, que ha sido remitida a los medios de comunicación por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Una vez que se presente la información del fin de tratamiento, está previsto que Griñán sea sometido a un nuevo reconocimiento médico por parte del Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla, institución que aludió a la "no conveniencia" del tratamiento de su enfermedad en la prisión.

Según ese informe del IML conocido en enero pasado, los efectos secundarios, la constante necesidad de acudir al hospital de lunes a viernes durante tres meses y las consecuencias psicológicas de todo el proceso "parecen poco compatibles con la dinámica carcelaria".

El último informe del tratamiento de Griñán lo presentó su abogado después de que la Fiscalía Anticorrupción solicitara a la Audiencia que pidiera a su defensa que aportara "informes actualizados" sobre su estado de salud para poder pronunciarse sobre su ingreso en la cárcel.

Esa petición se hizo como respuesta a la petición previa de la Sección Primera para que se pronunciaran sobre el informe de los servicios médicos de la prisión, que avalaban el tratamiento de la atención especializada que necesita el expresidente andaluz.

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