Los sindicatos creen que la subida del salario debe aplicarse a todas las categorías, no solo a las que cobren el SMI. Esta cuestión está judicializada y será el TSJA el que decida.
Las tablas salariales del convenio del campo se van a adecuar al Salario Mínimo Interprofresional. Es lo que marca la Ley y lo que sigue dejando un rastro de polémica entre empresarios y sindicatos del campo. Las dos partes están de acuerdo en que todas las categorías cobrarán el salario mínimo, otra cosa es lo que ocurra con aquellas categorías que ganan más, decisión que está en manos de la Justicia.
Pocas categorías se benefician de este aumento. Entre otras, el recogedor, vareador, guardas o caseros que son los que, por convenio, ganan menos de los 16.576 euros anuales. Ésa cantidad es el salario mínimo fijado este año por el Gobierno y los sindicatos. Asaja, que es la organización empresarial mayoritaria, lo acepta, pero por imposición legal.
La polémica no está en la Ley, que hay que cumplir, sino en la adaptación de este salario mínimo interprofesional a las tablas salariales que se aplican al convenio del campo firmado en 2023. Según los sindicatos, si sube un 3 por ciento el salario para las categorías que no llegan a ese salario mínimo, también deben subir los restantes en esa misma proporción.
Y eso es lo que está en la Justicia. Si suben o no por igual los sueldos para todas las categorías tendrá que determinarlo el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía después de que en primera instancia el juez le diera la razón a los empresarios.