Este uno de enero entra en vigor la medida del gobierno para proteger a los inquilinos.
La prórroga no será automática sino que se hará a petición del arrendatario.
Entre las medidas del gobierno que entran en vigor con el nuevo año se encuentra la prórroga para los contratos de alquiler, así como otras relacionadas con este sector que a continuación les explicamos.
El Consejo de Ministros ha establecido una prórroga de seis meses para los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023, dentro del nuevo paquete de medidas para hacer frente al impacto de la inflación.
¿Esta prórroga se establece por defecto? No, se hará siempre a petición del arrendatario. El arrendador deberá aceptarla salvo que haya acordado con el inquilino otras condiciones o que él mismo necesite el inmueble para destinarlo a vivienda permanente para sí o sus familiares.
¿Me pueden subir el alquiler en los próximos meses? No, también se ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación del 2 % en la revisión anual de los alquileres. Si el arrendador es un gran tenedor, el alquiler no podrá subir por encima de ese porcentaje. Los propietarios particulares sí podrán negociar con sus inquilinos alzas por encima de esta cifra. Pero si no hay un acuerdo definitivo entre ambas partes, no se podrá actualizar la renta por encima de ese límite del 2%.
La Asociación de propietarios se ha mostrado en contra de la medida.