El alto tribunal rechaza un recurso de CCOO contra una gasolinera de Madrid. Establece que una empresa debe controlar cada vez que los empleados salen del centro de trabajo y considera que esos descansos no formarán parte del tiempo de trabajo
El Tribunal Supremo respalda que las empresas puedan exigir a sus trabajadores fichar cuando salen a fumar o tomar café .
El alto tribunal rechaza un recurso de CCOO contra una gasolinera de Madrid por esta practica.
La sentencia establece que una empresa debe obligar a fichar a los empleados cada vez que salen del centro de trabajo aunque sea para fumar un cigarillo o a tomar un café. Los magistrados no estiman el recurso de CCOO y consideran como probado que esos descansos no formarán parte de su tiempo efectivo de trabajo.
El caso ha llegado al Supremo después de que las gasolineras Galp obligara a sus trabajadores a fichar cada vez que salían para descansar unos minutos.
El sindicato ya presentó en 2019 en la Audiencia Nacional una demanda contra la compañía en la que pedía que se declarara nulo el cómputo de fichajes de incidencia sobre ausencia para fumar, tomar café o desayunar, que hasta ese momento se integraban en la jornada laboral y no se fichaba ni se descontaba.
En esa primera demanda, CCOO también exigía la nulidad de que las horas extraordinarias dependieran de autorización previa por parte del responsable directo y el nuevo cómputo de jornada establecido por Galp, con la contabilización de los viajes de trabajo como jornada normal.
La Audiencia Nacional rechazó entonces esa demanda y ahora vuelve a hacerlo el Supremo con este recurso de casación. El Supremo ha confirmado la sentencia de 2019 de la Audiencia Nacional.