Bares y restaurantes están obligados a facilitar envases para que el cliente se lleve lo que no ha comido. Los supermercados deben tener planes para disminuir o donar productos que van a caducar. El objetivo es no tirar alimentos que sean aptos para ser consumidos.
La Ley de Desperdicio Alimentario de 2025 es, a partir de ahora, de obligado cumplimiento. Los agentes de la cadena alimentaria con una superficie superior a los 1.300 metros cuadrados deben establecer una "jerarquía de prioridades" para sus desperdicios en la que primen la transformación de los productos no vendidos en otros destinados al consumo humano.
También bares y restaurantes están obligados a facilitar envases, sin coste adicional, para que los clientes se lleven lo que no han comido. Los supermercados deben tener planes para disminuir, gestionar o donar los productos que van a caducar. El objetivo es no tirar alimentos que sean aptos para ser consumidos.
La ley, aprobada en marzo del año pasado en el Congreso, exige a restaurantes y bares dar a sus clientes en un envase reutilizable y sin coste añadido la comida pedida que sobre, salvo en los establecimientos de buffet libre.
La norma incluye que los supermercados donen la comida a bancos de alimentos o entidades sociales sin animo de lucro. Además, tienen que bajar el precio a los productos que estén a punto de caducar y colocarlos en un estand especifico para ello, con hasta un 30 por ciento de descuento.
Se sanciona el incumplimiento con multas que van desde 2.000 euros hasta 60.000; y en los casos muy graves, incluso medio millón de euros.
Convertir el pan duro en pan rallado, utilizar la fruta madura para elaborar postres o emplear excedentes de carne para hacer caldos son algunos ejemplos de esta transformación que la norma establece como prioritaria en la cadena.
Para alimentos que no se puedan transformar, el siguiente paso debe ser la donación para consumo humano, una medida que celebran los bancos de alimentos, responsables de la distribución en España de 115.563 toneladas anuales de comida, según datos de 2024.
Como tercer escalón, la ley habla de destinar los desperdicios a la alimentación animal y a la fabricación de piensos; el cuarto es el empleo como subproductos de otra industria -un caso serían los posos de café cuyos antioxidantes aprovecha la industria cosmética-; y el último, el reciclado y la obtención de compost.
El objetivo de la ley, en vigor desde hace un año pero que concedió doce meses de moratoria para aplicar esta jerarquía de prioridades, es lograr en 2030, respecto a 2020, una reducción del 50 por ciento de los residuos alimentarios per cápita en la venta minorista y a consumidores y una disminución del 20 % en las cadenas de producción.
Las actividades desarrolladas en establecimientos iguales o inferiores a 1.300 metros cuadrados están exentas de elaborar el plan con la jerarquía de prioridades, pero no de otras medidas encaminadas a reducir el desperdicio.
Así, las empresas de hostelería tendrán que facilitar que el cliente pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido e informar de esta posibilidad "de forma clara y visible en el propio establecimiento, preferentemente en la carta o el menú".