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Los notarios recomiendan reflejar en la herencia los "bienes digitales"

La herencia digital se refiere a un amplio campo que va desde una cuenta en redes sociales hasta criptomonedas.

Todo esto, hoy en la nube, debería figurar en nuestro testamento.

CANAL SUR MEDIA 1 junio 2023

Los notarios nos plantean una pregunta: ¿han pensado qué va a pasar con sus perfiles de WhatsApp o Facebook cuando fallezcan?, ¿o con sus criptomonedas o documentos subidos a la nube? Estos días están analizando esta nueva realidad en unas jornadas en Sevilla.

Una cuenta en Facebook, conversaciones en WhatsApp, inversión en criptomonedas, una investigación o una novela guardada en internet, en la nube. Todo esto son bienes digitales. Y, por tanto, se pueden heredar, donar... y pueden tener un valor importante.

Ante esto, los notarios recomiendan que se reflejen en la herencia. En 2018 se reguló por primera vez la llamada herencia digital. Pueden ser valores económicos: criptomonedas, el dinero que recaudan los influencers, o bienes intelectuales...

Pero también se puede decidir sobre los contenidos de los perfiles en redes sociales: hacerlos desaparecer, o decidir que alguien continúe con la cuenta.

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