Se calcula que en más de 320.000 hogares andaluces podrán acogerse a esta figura familiar, con un sólo progenitor.
El Gobierno andaluz también introduce cambios en la gestión del título de familia numerosa.
El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado este miércoles en su reunión semanal un decreto para regular el reconocimiento de las familias monoparentales en Andalucía. Se calcula que en más de 320.000 hogares andaluces podrán acogerse a esta figura familiar, con un sólo progenitor.
Se trata de una normativa impulsada por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y que también introduce cambios en la gestión del título de familia numerosa, entre ellos la aplicación de la edad máxima de permanencia en esta condición al hijo menor en lugar del mayor, como ocurría hasta ahora.
En cuanto a la condición de familia monoparental, la Junta de Andalucía propone fijar en 25 años la edad máxima de los hijos acogidos a esta figura, condición que también podría adquirirse "en los casos de ausencia temporal forzada de uno de los dos progenitores que le impida ejercer las responsabilidades familiares por un periodo igual o superior a un año".
El texto tiene por objeto establecer el marco normativo para el reconocimiento de esta condición, así como determinar los requisitos y el procedimiento administrativo para la obtención del título acreditativo correspondiente.
El decreto define como familia monoparental aquella integrada por un solo progenitor y uno o varios descendientes vinculados por filiación, adopción, tutela, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar que dependan económicamente de él.
También reconoce como monoparental la unidad familiar en la que, existiendo dos progenitores, concurran determinadas circunstancias como situaciones en la que el padre o la madre tenga la custodia exclusiva y no perciba pensión de alimentos; cuando la persona progenitora con personas dependientes a cargo haya sufrido abandono de familia de acuerdo con lo establecido en el artículo 226 del Código Penal, declarado mediante sentencia judicial firme; cuando la progenitora haya sido víctima de violencia de género por parte del otro progenitor, y en los casos de ausencia temporal forzada de una de las dos personas progenitoras que le impida ejercer responsabilidades familiares, sujeto a límite de ingresos anuales.
Con carácter general, para conservar la condición de familia monoparental, las personas descendientes deberán ser menores de 26 años, convivir con la persona progenitora o responsable y depender económicamente de la persona progenitora.
Las familias monoparentales dispondrán de un título oficial acreditativo expedido por la consejería competente en materia de familias, válido ante cualquier administración o entidad pública o privada en Andalucía, previa solicitud y verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos.
También este miércoles, el Gobierno andaluz andaluza ha analizado en su reunión semanal la propuesta de acuerdo por la que se insta a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias a iniciar la tramitación de la I Estrategia Andaluza de Tauromaquia 2030.
Además, en el orden del día de la sesión se ha incluido una propuesta de acuerdo para la aprobación de la Primera Estrategia Andaluza de la Ganadería Extensiva, con horizonte 2030.