ley del solo sí es sí
ley del solo sí es sí

¿Qué dice la ley y por qué puede rebajar penas a condenados por delitos sexuales?

La cambios en la nueva ley ha provocado un goteo de peticiones de rebajas de condenas y de excarcelaciones que algunos tribunales han aplicado. Las revisiones dependen de la interpretación de los jueces.

Son muchas las voces que apremian al Supremo para que unifique y fije doctrina

CANAL SUR MEDIA 16 noviembre 2022

La aplicación de la Ley de Libertad sexual, conocida como del "solo sí es sí", está provocando un goteo de peticiones de rebajas de condenas y de excarcelaciones. Varios tribunales ya lo están aplicando ¿Qué está pasando? ¿por qué se están reduciendo penas?

Conviene aclarar los cambios que el nuevo texto incluye y que afectan a las penas por agresión sexual. Antes se tipificaba el abuso y la agresión sexual por separado. En la nueva ley el abuso desaparece y se califica como agresión sexual. Es decir se agrava la tipificación del abuso sexual porque se equipara abuso y violación si hay penetración, un delito que contempla penas más elevadas.

Pero la ley rebaja la pena mínima. La horquilla por violación es ahora de 4 a 12 años de cárcel, antes era de 6 a 12. Si la víctima es menor ahora es de 6 a 12 años, antes era de 8 a 12.

Lo que ahora está pasando es que jueces y fiscales, al revisarse las condenas, aplican la mejora para esas condenas con la nueva ley en la mano, porque así lo establece el Código Penal, "las leyes que favorecen al reo tienen efecto retroactivo". ¿Lo tuvo en cuenta el gobierno al aprobar estos cambios? Hace apenas dos semanas, la ministra Irene Montero descartaba que esto pudiera suceder en sede parlamentaria.

El CGGPJ advirtió, en su informe previo a la aprobación de la ley, que estas revisiones podían producirse. Fue con la unanimidad de conservadores y progresistas.

Aún es pronto para saber cuántas sentencias se están revisando. En las últimas 24 horas, la Audiencia de Madrid ha hecho públicas cuatro  en las que justifica esta rebaja. Entre ellas, por ejemplo, ha reducido de ocho a 6 años de cárcel la pena a un hombre que abusó de su hijastra. Y la fiscalía de Madrid habla de más de cien peticiones.

Las revisiones dependen de la interpretación de los jueces. Por ejemplo, algunos juristas, señalan que sólo se puede revisar si en la setencia original se dice expresamente que se condena a la pena mínima. Por ello, son muchas las voces que apremian al Supremo para que unifique y fije doctrina. Y a la Fiscalía General del Estado para que redacte una circular que unifique la actuación de los fiscales.

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