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El Supremo rechaza paralizar de forma cautelar la regularización extraordinaria de migrantes

Según habían pedido, entre otros, Vox y la Comunidad de Madrid. Ya se han recibido 549.596 solicitudes, de las que 91.505 han sido admitidas a trámite, lo que significa la concesión de una autorización provisional para residir y trabajar en España.

CANAL SUR MEDIA 23 mayo 2026

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado suspender de forma cautelar la regularización extraordinaria de migrantes, aprobada por el Gobierno el 14 de abril, según habían pedido, entre otros, Vox y la Comunidad de Madrid.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha tomado esta decisión después de celebrar cinco vistas en las que ha escuchado los argumentos de los cinco solicitantes -el Gobierno regional de Isabel Díaz Ayuso, Vox, Hazte Oír, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica y la Asociación Libertad y Justicia- y del Gobierno, que ha pedido no frenar la medida.

Según ha adelantado la Sala Tercera tras más de tres horas de deliberación, el tribunal ha rechazado admitir a trámite los recursos de Hazte Oír, la Asociación Libertad y Justicia y la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica al considerar que no están legitimados para impugnar la medida ante la Justicia.

Sí que ha admitido la legitimación de Vox y la Comunidad de Madrid, pero ha rechazado la suspensión cautelar del real decreto que instaban. Sus argumentos se conocerán en los próximos días al notificarse los respectivos auto.

De esta forma, la Sala responde solo a la petición de medidas cautelares de la Comunidad de Madrid y de Vox, ya que rechaza la legitimación de las asociaciones para recurrir el real decreto.

El real decreto para la regularización entró en vigor el pasado 16 de abril con el objetivo de dar permiso de residencia y trabajo a unas 500.000 personas que ya viven en el país y, hasta ayer, el Ejecutivo ha recibido 549.596 solicitudes, de las cuales 91.505 han sido admitidas a trámite, lo que significa la concesión de una primera autorización provisional para residir y trabajar en España.

Durante la vista, la Abogacía del Estado ya había cuestionado la legitimación de las entidades, al considerar que la mera atribución en sus estatutos de principios como la defensa del orden jurídico o los valores constitucionales no era suficiente para demostrar un interés específico en este proceso.

Entre otros argumentos en contra de la medida extraordinaria, los recurrentes han asegurado ante el Supremo que es contraria al derecho nacional y europeo y puede suponer un colapso de los servicios públicos como la sanidad, alegatos todos ellos rebatidos por el Ejecutivo.

El abogado del Estado, por su parte, ha defendido la medida para lograr la integración de las personas que ya están en España a través de un proceso "especialmente limitado" que tendrá efectos positivos a medio y largo plazo en el crecimiento del PIB, para lo que se ha apoyado en informes del Defensor del Pueblo y el Consejo Económico y Social.

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