La sala considera que "era la única manera de saber lo ocurrido" y recuerda que "ninguna institución tiene garantía de inmunidad".
El Tribunal Supremo avala el registro en el despacho del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, así como el volcado de su móvil. El alto tribunal ha desestimado por unanimidad el recurso que interpuso Álvaro García Ortiz. La sala considera que "era la única manera de saber lo ocurrido" y recuerda que "ninguna institución tiene garantía de inmunidad". Esta decisión supone un respaldo a la investigación del juez Ángel Hurtado por presunta revelación de secretos en la causa abierta por revelación de secretos del novio de Isabel Díaz Ayuso.
La Sala de Apelación ha respaldado tanto la decisión del juez de ordenar el registro policial en el despacho del fiscal general y en el de la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, como la incautación de material informático, sobre la que pivota buena parte de los indicios de la instrucción. Y lo ha hecho porque considera que los registros eran el único medio posible, pues los dispositivos estaban en los despachos, y porque "no queda otra alternativa". De lo contrario, concluir que no se puede registrar el despacho del fiscal general, conllevaría a "la renuncia" a la investigación y a la creación de un ámbito de impunidad.
Ni la Fiscalía General ni ninguna otra institución tienen una garantía de inmunidad, dicen los magistrados, que avalan la "necesidad, idoneidad y proporcionalidad" de la obtención de información para la causa, que gira en torno a la filtración de datos del caso por presunto fraude a Hacienda de Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso.