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El Gobierno prohíbe inscribir a los niños nacidos por gestación subrogada en el extranjero

Desde este jueves habrá que seguir los cauces ordinarios de inscripción de los niños con lo que se anula la vía alternativa que permitía su registro.

El Gobierno acata así la sentencia del Supremo sobre una práctica ilegal en España. 

CANAL SUR MEDIA 1 mayo 2025

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la nueva instrucción del Gobierno por la que ya no se podrá inscribir de forma directa en el Registro Civil a ningún bebé nacido por gestación subrogada en el extranjero.

Con esta instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se actualiza el régimen registral de la filiación de los nacimientos mediante gestación subrogada, de tal forma que, a partir de ahora, se exigirán los cauces ordinarios previstos en el ordenamiento español para formalizar la inscripción registral. Hasta ahora, se utilizaban diversos caminos alternativos que, en la práctica, han permitido inscribir a los bebés.

Juan ha sido padre por gestación subrogada hace cuatro meses, un proceso que se llevó a cabo en Estados Unidos. Con la resolución que entra en vigor este jueves, el registro de su hijo, pendiente aún de inscripción en España, puede complicarse.

La gestación subrogada está prohibida en España desde el año 2006 pero hay países donde está permitida. Hasta ahora, el trámite burocrático comenzaba con la inscripción del menor en el país de origen y ya en España el Estado lo reconocía como ciudadano español. A partir de ahora se exigirán los cauces ordinarios en el ordenamiento español para la inscripción en el registro: por vínculo biológico o adopción.

Con esta nueva medida el Gobierno adapta la regulación española a la sentencia del Tribunal Supremo que considera que los vientres de alquiler constituyen una mercantilización de la mujer y del menor. Sólo en 2024, 154 niñas y niños nacidos fuera de España mediante gestación subrogada fueron inscritos en el registro civil.

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