Los expertos consultados por Canal Sur coinciden en que Puigdemont verá rebajada su pena de cárcel cuando sea juzgado. Y que Oriol Junqueras podría presentarse a las elecciones de 2025
En el caso de los ERE, los penalistas coinciden: la reforma de la malversación no afectará a las sentencias.
Tras su aprobación en el Senado este jueves, hoy el BOE publica la reforma del código penal que deroga el delito de sedición y modifica el de malversación y en 20 días entrarán en vigor, el 12 de enero. Oposición y Gobierno siguen manteniendo el cruce de acusaciones por esta reforma. Isabel Rodríguez, portavoz del Gobierno, insiste en que la reforma del Código Penal mejorará la convivencia en Cataluña, siempre dentro de la Constitución. Y Alberto Núñez Feijóo, presidente del Partido Popular, considera que con la eliminación de la sedición se debilita el Estado y anuncia que restablecerá estos dos dos delitos si gana las elecciones. Vox ha presentado ante el Supremo una querella contra Pedro Sánchez y otros parlamentarios por un delito de conspiración para la rebelión y la sedición.
El Tribunal supremo tendrá que estudiar a partir de la entrada en vigor de la reforma del código penal, las revisiones de condena de los afectados, entre otros, los condenados por el procés, que previsiblemente se verán beneficiados. Y habrá revisiones de casos de corrupción. A partir del 12 de enero ¿podríamos asistir a una rebaja de condenas como está ocurriendo con la ley del solo sí es sí? Hemos hablado con expertos.
Los penalistas consultados insisten en que habrá que revisar caso por caso, contrastando las sentencias con los detalles de la ley. En el caso del procés, desde los líderes hasta los cargos inferiores como los que compraron las urnas. En líneas generales, sí confirman que el ex presidente de Junts, Puigdemont, verá rebajada su pena de cárcel cuando sea juzgado. Y que el presidente de Esquerra, Oriol Junqueras, podría presentarse a las elecciones de 2025.
Aunque insisten en que dependerá de la interpretación de los jueces. Es clave qué se entienda por ánimo de lucro: ¿sólo enriquecimiento o también conseguir beneficios? Y también habrá que tener en cuenta los delitos de desobediencia y desórdenes públicos. Por ejemplo, en el caso de Puigdemont, no es autor de los desórdenes públicos, pero se le podría considerar inductor.
En el caso de los ERE, los penalistas coinciden. La reforma de la malversación no afectará a las sentencias. El ex presidente Griñán y los ex altos cargos fueron juzgados con la ley anterior a 2015. Y el nuevo delito aprobado ahora, es idéntico al tipo que había antes de 2015. La malversación incluye la apropiación de fondos públicos para sí mismo o para terceros, en este caso, las empresas beneficiadas.
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Al margen del procés y los Ere, los penalistas coínciden en que habrá muchos condenados por malversación que pidan la revisión de sus penas. Y que en este caso, habrá que aplicar, como ordena el tc, la pena más beneficiosa para el reo.