Nutrición
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Más fruta y verdura, menos fritos y veto a los ultraprocesados: así son menús saludables de los colegios

Colegios e institutos tienen que eliminar totalmente bebidas azucaradas y bollería de sus centros.

Combatir la obesidad infantil, un problema que afecta a uno de cada tres niños andaluces, es uno de los objetivos de la nueva normativa.

CANAL SUR MEDIA 16 abril 2026

Este jueves entra en vigor el decreto que obliga a los comedores escolares a servir menús saludables. Veto a los alimentos ultraprocesados, menos azúcar y carne, y más proteínas vegetales y pescado son algunas de las pautas de la nueva normativa.

Unas condiciones que en Andalucía ya se aplican desde hace años. María Reinoso, nutricionista de Catering Hermanos González de Alcolea del Río (Sevilla), enumera la oferta de su empresa.

Combatir la obesidad infantil, un problema que afecta a uno de cada tres niños andaluces, es uno de los objetivos de servir menús saludables en los colegios. Menús equilibrados y nutritivos sin azúcar ni ultraprocesados, que también se adapten si hay intolerancias o, como exige la nueva norma, por motivos religiosos o éticos.

Se persigue no solo que los menores se alimenten bien, sino que aprendan hábitos saludables para el futuro.

Así, los colegios e institutos, tanto públicos como concertados y privados, tendrán que suprimir totalmente las bebidas azucaradas y la bollería de las máquinas expendedoras y cafeterías desde este jueves 16 de abril, cuando finaliza el plazo de 12 meses para la entrada vigor del Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, publicado el 16 de abril de 2025 en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

No obstante, el decreto prevé una entrada en vigor diferida para determinados criterios cuyo cumplimiento por parte de los centros educativos puede presentar mayores dificultades, estableciéndose un plazo de dos años (24 meses) desde su publicación para que los contratos de suministros de alimentos puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

Según recoge el decreto, en las máquinas expendedoras de alimentos y bebidas instaladas en los centros educativos y en las cafeterías de estos centros, los alimentos y bebidas con un contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares, no deberán superar las 200 kilocalorías y solo el 10% de estas podrán proceder de grasas saturadas o de azúcares añadidos o libres.

Asimismo, en la oferta de estos alimentos y bebidas en las cafeterías de los centros educativos se deberá dar prioridad a productos vegetales, legumbres, cereales preferiblemente integrales, frutas, frutos secos, característicos de la dieta mediterránea, que incluya también un consumo moderado de fuentes de proteínas de origen animal como pescado, huevos, lácteos y carne, preferentemente de ave y conejo. Tampoco se permitirá la venta de productos envasados con un contenido de cafeína superior a los 15 mg/100 ml.

Asimismo, deberán favorecer en los centros educativos el acceso al agua potable y gratuita mediante la implantación de fuentes, adecuadamente señalizadas en espacios comunes y de recreo, durante toda la jornada escolar y extraescolar, incluyendo los periodos de almuerzo. 

Respecto a los menús escolares, servidos de lunes a viernes, deberán ser confeccionados teniendo en cuenta las frecuencias de consumo para los diferentes grupos de alimentos. De esta forma, se deberán servir como primer plato hortalizas y legumbres de una a dos raciones por semana, y pasta y arroz una vez por semana.

Como segundo plato, el pescado deberá estar presente de una a tres veces por semana, los huevos de una a dos veces, y deberán servir carnes un máximo de tres veces por semana --máximo una ración de carne roja y dos raciones de carne procesada al mes--.

En cuanto a los platos cuya base sean alimentos que aporten proteína de origen vegetal, se deberán servir de una a cinco raciones por semana. En aquellos centros educativos que realicen una oferta de menú vegetariano, los cinco segundos platos se basarán en alimentos que aporten exclusivamente proteína vegetal.

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