Se trata de ayudas de 250 euros mensuales destinadas a jóvenes con ingresos bajos de entre 18 y 35 años para el alquiler de su vivienda habitual. Podrá solicitarse a partir de las 16:00h de este martes a través de la ventanilla electrónica de la Junta
La tramitación se realizará por orden de llegada
Unos 15.000 andaluces podrán beneficiarse.
La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía reabre este martes a partir de las 16.00 horas el plazo para solicitar nuevas ayudas al Bono Alquiler Joven, una vez que se han ampliado los fondos con otros 34,2 millones de euros. El plazo se cerrará de forma "provisional" cuando se alcancen las 15.000 solicitudes.
Los datos de gestión de expedientes en las dos convocatorias anteriores suman 24.463 solicitudes tramitadas, de las que 17.418 fueron favorables, según las cifras ofrecidas por la Administración.
Ante las posibles dudas, la Consejería de Fomento ha publicado en su web un manual para rellenar la solicitud y documento de preguntas frecuentes.
Esta convocatoria, con ayudas de 250 euros mensuales, va dirigida a jóvenes de entre 18 y 35 años, que viven en alquiler y tienen ingresos menores a tres veces el Iprem si es una persona y de cuatro veces el Iprem si es unidad familiar. La vivienda o habitación alquilada constituirá la residencia habitual y permanente del solicitante durante el periodo subvencionable y debe ser acreditado mediante empadronamiento municipal.
Si es una unidad familiar, se requerirá el certificado de empadronamiento colectivo de los miembros de la familia. Los solicitantes aportarán en la documentación un contrato de alquiler de la vivienda o cesión de uso o un compromiso de contrato suscrito por arrendador y arrendatario que recoja las condiciones esenciales del contrato. En caso de arrendamiento parcial, si no constata en el contrato la cuota de participación, se aportará declaración responsable.
Las rentas de los contratos tendrán un límite máximo de entre 900 y 600 euros en función del municipio y el tipo de contrato. Asimismo, la renta máxima por habitación para la concesión de estas subvenciones oscila entre los 380 y 300 euros. El límite de renta no tendrá en cuenta otros gastos que puedan estar incluidos en el contrato, como trastero, garaje o gastos de comunidad.
La participación se establece por orden de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de llegada. Las solicitudes se realizarán exclusivamente de manera telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (Veaja). Para acceder es necesario disponer de certificado digital y tener instalado el programa de AutoFirma del Estado.