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El Supremo absuelve a Louzán que seguirá al frente de la RFEF

El TS Anula la sentencia de la Audiencia de Pontevedra que le condenó a siete años de inhabilitación por prevaricación.

La decisión legitima a Louzán que no tendrá que convocar elecciones.

Como presidente de la Diputación de Pontevedra, concedió una subvención de 86.311 euros para la realización de unas obras que estaban en su mayor parte ya ejecutadas en campo de fútbol en Moraña.

CANAL SUR MEDIA 6 February 2025

El Tribunal Supremo ha acordado absolver al presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y expresidente de la Diputación de Pontevedra, Rafael Louzán, del delito de prevaricación por el que fue condenado a 7 años de inhabilitación para empleo o cargo público por la concesión de una subvención de 86.311 euros para la realización de unas obras que estaban en su mayor parte ya ejecutadas en campo de fútbol en Moraña (Pontevedra).

De este modo, queda ya totalmente legitimado para presidir la RFEF, cargo para el que fue elegido el pasado 16 de diciembre por amplia mayoría. En el caso de no haber sido absuelto, el Gobierno había advertido que se tendrían que volver a celebrar elecciones porque estaría incapacitado para dirigir un ente federativo como se recoge en la nueva la Ley del Deporte y también en los Estatutos de la RFEF.

Los magistrados absuelven a Louzán porque, aunque han apreciado "irregularidad en la contratación" en este caso, "no se declara probado un contenido injusto que venga derivado" de dicha irregularidad. "Al contrario, lo que se declara probado es que la actuación de los acusados respetó la proscripción del enriquecimiento injusto que censura la jurisprudencia contencioso-administrativa", apuntan.

En este sentido, indican que no solo ha quedado probado que Louzán supo de la realización de las obras después de que estuvieran hechas, sino que una vez adjudicadas y realizadas aunque fuera de forma irregular la administración pública estaba obligada a pagarlas. A ello añade que las obras se facturaron a precio de mercado.

La Sala de lo Penal ha llegado a esta conclusión después de que este miércoles escuchara los argumentos que la defensa de Louzán incluyó en su recurso de casación. En dicha sesión, la Fiscalía mostró su oposición a que se exonerara al ahora presidente de la RFEF. "Toda la tramitación del expediente era prevaricadora", dijo el fiscal Javier Huete.

El alto tribunal también ha absuelto al exdirector de Infraestructuras de la Diputación Miguel Ángel González, y al administrador y a un representante de la empresa constructora, que igualmente fueron condenados a 7 años de inhabilitación como cooperadores del delito atribuido a Louzán.

El caso llegó al Supremo después de haber pasado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra y la Audiencia Provincial. En la primera instancia, Louzán y los otros tres acusados fueron condenados por fraude y prevaricación. En 2022, fueron absueltos pero solo del delito de fraude. Ahora, el alto tribunal les absuelve a todos del delito de prevaricación.

En la sentencia, recogida por Europa Press, el tribunal explica que los hechos probados no constituyen delito de prevaricación porque en este caso se adjudicó un contrato para pagar al contratista unas obras ya realizadas y que no se abordaron por una connivencia entre los involucrados.

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