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El juez ordena el ingreso en prisión de Juana Rivas por la sustracción de sus dos hijos menores

El magistrado Manuel Piñar se niega a suspender la pena y requiere, además de su detención, el  pago de los 12.000 euros de indemnización para el padre de sus dos hijos

El abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, ha señalado que esta decisión le parece "muy injusta" y, dado que todavía no se ha resuelto el indulto solicitado al Gobierno, va a presentar este mismo jueves un recurso contra el auto 

CANAL SUR MEDIA 27 mayo 2021

El juez de Penal 1 de Granada, Manuel Piñar, se niega a suspender la ejecución de la pena de dos años y medio de prisión impuesta a Juana Rivas por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2016 y ordena su detención e ingreso en prisión para el cumplimiento de la condena.

El auto insta a las fuerzas de Seguridad a la localización de Juana Rivas en un plazo no superior a 15 días a fin de notificarle la resolución que la mandará a prisión.

También le requiere el abono de la indemnización de 12.000 euros fijada por su exmarido, Francesco Arcuri, con quien viven los niños en Carloforte.

Esta decisión judicial se produce después de que el Tribunal Supremo haya confirmado la condena para Juana Rivas aunque la dejó en la mitad porque considera que cometió un solo delito de sustracción de menores y no dos.

El abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, ha señalado que esta decisión le parece "muy injusta" y, dado que todavía no se ha resuelto el indulto solicitado al Gobierno, va a presentar este mismo jueves un recurso contra el auto del juez Manuel Píñar.

LOS HECHOS

Los hechos tuvieron lugar en el verano del 2017, cuando la madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a él, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.

Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada.

 La Audiencia de Granada y el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada apreciaron que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial.

El Tribunal Supremo consideró finalmente que, aunque el artículo 225 bis del Código Penal siempre se refiere al "menor", en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, de ahí que finalmente la condenara por un solo delito a la pena de dos años y seis meses de prisión, además de la pérdida de la patria potestad.

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