EL CASO SE REMONTA A 2008
EL CASO SE REMONTA A 2008

Minas de Alquife, condenada a pagar casi 4 millones a un trabajador que medió en la compra

La sentencia de un juzgado de Guadix resuelve un complejo caso contra el holding de sociedades propietarias de la mayor explotación al aire libre de hierro en Europa. 

La compañía se comprometió a abonar seis millones al demandante por su labor de intermediación en la operación de adquisición del complejo minero, pero dejó de pagarle al tercer plazo. 

CANAL SUR MEDIA 11 abril 2024

Un juzgado de Guadix (Granada) ha condenado a las empresas propietarias de las Minas de Alquife a pagar casi 4 millones de euros un trabajador que medió en la compra de la explotación.

Y es que en aquel momento acordaron pagarle más de seis millones por este trabajo de intermediación. Sin embargo, aunque durante dos años recibió los pagarés comprometidos, dejaron de cumplir el pago al tercero.

Las sociedades propietarias le comunicaron que no podían pagarle porque habían comprado los derechos de explotación y, además, le advirtieron que si reclamaba no conseguiría nada porque todas las sociedades tenían su sede en paraísos fiscales. Sin embargo, ahora, el juez le da la razón a este trabajador. Considera la sentencia que estas sociedades conforman una trama bajo la que se oculta una familia y las condena pagarle 3.900.000 euros, más los intereses.

La sentencia ha salido del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Guadix, condenando al holding de empresas de las Minas de Alquife, la mayor explotación al aire libre de hierro de Europa. Con este fallo judicial se resuelve una instrucción que comenzó en septiembre de 2019 con la formalización de una denuncia por impago del demandante, que actuó como intermediario en la compra de los terrenos de las Minas de Alquife.

El fallo responde a la vista celebrada en febrero de este año y los hechos se remontan a marzo de 2008 cuando cuatro empresas reconocieron honorarios al demandante por su participación como mediador en la compra de los terrenos de las Minas de Alquife.

El acuerdo permitió entonces comprar por 17,5 millones las fincas del complejo minero e incluían el pago como "corretaje" de más de seis millones.

La sentencia reconoce que la instrucción de la causa se ha extendido por la complejidad de un entramado empresarial con una sociedad americana y tres de Luxemburgo que habrían participado en la compraventa vinculada con la comisión adeudada.

La sentencia ha tenido en cuenta la 'doctrina del velo', que se aplica cuando los administradores de una sociedad realizan actuaciones abusivas y contrarias a la ley mediante la instrumentación fraudulenta, al constituir entidades fantasmas o sociedades dominantes y filiales para evadir su responsabilidad.

Según el juez instructor, existe un entramado de multitud de sociedades en las que se observa que unas son participadas en su capital social por otras, con continuos cambios en su accionariado, pero que tienen los mismos gestores, el mismo asesor y son de la misma familia.

"Como ya se ha dicho, existiendo una deuda impagada, todos los instrumentos de ingeniería societaria articulados a través de las distintas sociedades para dejar de pagar o confundir o inducir a error sobre el deudor para evitar el pago constituye ya de por sí un fraude", ha añadido la sentencia.

Con estos argumentos, ha condenado al conglomerado de empresas a pagar de manera conjunta y solidaria al demandante, un fallo contra el que cabe recurso de apelación.

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