SENTENCIA DEL SUPREMO
SENTENCIA DEL SUPREMO

Si adquirió un coche entre 2006 y 2013 puede reclamar hasta el 15% de la compra

Competencia sanciona las prácticas abusivas de 23 marcas de vehículos y se abre la vía de la reclamación.

12 octubre 2021

La sanción impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia, ratificada recientemente por el Tribunal Supremo, a 23 distribuidoras de automóviles por prácticas abusivas en el mercado abre la vía a los usuarios para solicitar la reclamación por daños y perjuicios. Están implicadas todas las grandes marcas de vehículos, menos Volvo, Mitsubishi, Mercedes y Porsche.

Funcionaban como un cartel, que se denominaba a sí mismo Club de Marcas. Es decir, las distintas distribuidoras de vehículos en España mantenían acuerdos entre ellas para controlar este mercado. No fijaban precios finales, pero, en la estrategia concertada de funcionamiento, había de facto un abuso de poder con el que disminuían la incertidumbre, evitaban la competencia real y terminaban perjudicando a sus clientes.

La información privilegiada y estratégica con la que se mantenía este Club de Marcas se debió escapar por una multitud de agujeros, tantos que Competencia no tuvo grandes problemas para demostrar y evidenciar esta práctica. La sanción, impuesta en 2015, se elevó a 171 millones y ha sido ratificada, tras sucesivos recursos, por la Audiencia Nacional y, hace unos meses en casación, por el Tribunal Supremo. Con esta sentencia se abre la vía a la reclamación para los tres millones de clientes afectados que podrían obtener hasta el 15 por ciento del precio de compra, sin contar los intereses.

A un informe de valoración de daños, habría que añadir la factura de compra y quedar a la espera de una resolución judicial o extrajudicial favorable.

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