El Tribunal Europeo de Justicia había exigido a España indemnizaciones para los despidos de los interinos, sin explicitar la cuantía, tras el caso de Ana de Diego
Según adelantó el diario Cinco Días, la resolución del Tribunal Supremo dice que no cabe "otorgar indemnización alguna por el cese regular del contrato de interinidad", ni los 20 días por despido objetivo, ni los 12 días propios de un empleado temporal.
El intenso debate se instauró al entrar el Tribunal Europeo de Justicia en materia y sentenciar que los contratos de interinidad sí debían percibir indemnización, pero sin fijar cantidades. El TJUE se pronunciaba sobre el caso de la española Ana de Diego, contratada por el Ministerio de Defensa en 2003 como interina y que perdió su puesto de trabajo nueve años después, cuando el trabajador titular de la plaza pública regresó a su puesto de trabajo.
El Alto Tribunal lo justifica diciendo que no tiene sentido porque no supone ningún estímulo a la empresa, que tiene en todo momento el puesto cubierto, primero por el interino, luego por el titular.