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El TSJA determina que un mensaje de whatsapp no vale como notificación en relaciones laborales

Falla a favor de un funcionario de la prisión de El Acebuche al que negaron unas vacaciones por esta vía.

Le anulan también la sanción por "falta muy grave" impuesta después de que no fuera a trabajar.

CANAL SUR MEDIA 5 julio 2022

Los mensajes mediante la aplicación whastapp no se pueden considerar una notificación válida en las relaciones laborales. Lo determina una la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que le ha dado la razón a un funcionario de la prisión de El Acebuche, en Almería, al que la dirección le denegó un permiso de libranza por esta vía. 

El TSJA también anula la sanción que le impusieron por no presentarse al trabajo. El alto tribunal estima así el recurso presentado por el funcionario contra la resolución de la Subsecretaría del Ministerio del Interior por la que se le impuso esta sanción por una "falta grave" ante el "incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo".

El asunto se remonta al 17 de octubre de 2018, cuando el funcionario solicitó disfrutar de los días 25, 26 y 27 de diciembre de ese año, dentro del turno de vacaciones, tal y como le había pedido dos días antes la dirección de la prisión.

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