El aforo de las playas se amplía: cada bañista tiene 4 metros cuadrados

No tendrá que haber seis metros desde la orilla como en un principio aprobó el Gobierno

El aforo se calculará considerando que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados

Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso, de aforo y límites en los tiempos de permanencia en las mismas

28 mayo 2020

El Gobierno ha modificado este miércoles la orden (publicada en el BOE) sobre el uso de  playas al suprimir la referencia a los seis metros a contar desde la  orilla en pleamar, por lo que el aforo se calculará considerando que  la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de  aproximadamente cuatro metros cuadrados. 

Tras las peticiones de revisión realizadas por el Instituto para  la Calidad Turística Española (ICTE), el Gobierno ha modificado el  punto 46.5 de la Orden 440/2020 del Boletín Oficial del Estado  publicado el pasado sábado 23 de mayo relativo al uso de las playas,  en el que se establecía que "para el cálculo del aforo de las playas  se descontará de la superficie útil de la playa, como mínimo, una  franja de seis metros a contar desde la orilla en pleamar". 

Según se ha publicado en el BOE de este miércoles, los  ayuntamientos podrán establecer limitaciones tanto de acceso, que en  todo caso será gratuito, como de aforo en las playas a fin de  asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos  metros entre bañistas. 

Asimismo, a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número  posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, podrán  también establecer límites en los tiempos de permanencia en las  mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar  el control del aforo de las playas. 

Con la orden, para calcular el aforo máximo permitido por cada  playa se considerará que la superficie de playa a ocupar por cada  bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados. 

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