Sin cinturón de seguridad

08/11/2017 Antonio Manfredi

Llegó al Defensor una queja relativa a Andalucía Directo, esta vez sobre la entrevista en el interior de un automóvil de un reportero a un conductor. El reportero iba sin cinturón de seguridad. ?El pasado día 21 de septiembre de 2017, me llevé la desagradable sorpresa de ver cómo un reportero del programa "Andalucía Directo" realizaba una entrevista al conductor de un vehículo en circulación por carretera interurbana, sin hacer uso del cinturón de seguridad. Esto ocurrió en un reportaje titulado "Maestros, héroes de la enseñanza". Se quería mostrar cómo los maestros deben desplazarse de un pueblo a otro para realizar su labor, por lo que mientras el maestro conducía su vehículo particular por una carretera comarcal, el reportero sentado en el asiento trasero izquierdo lo iba entrevistando sin hacer uso en ningún momento del obligatorio cinturón de seguridad.  Es muy triste ver este comportamiento en un programa del que soy seguidor y que se emite en horario de máxima audiencia, teniendo en cuenta de que recientemente, el día 17 de septiembre ha finalizado una campaña de la DGT para concienciar por el uso del cinturón de seguridad. Espero tengan a bien mi queja, cuya única intención es intentar que los medios de comunicación tomen conciencia de la tragedia que supone la pérdida de vidas en accidentes de circulación, y para que desde su privilegiada posición sirvan de ejemplo para lo que debe ser una conducción segura, y no todo lo contrario como ocurrió en la emisión indicada del programa "Andalucía Directo". 

El usuario tiene razón y este Defensor habló con él para presentarle disculpas por una imagen que no debió producirse. Dicho esto, la Dirección de Andalucía Directo señaló que no se había expuesto en ningún momento la integridad física del reportero, porque el vehículo del programa iba por delante pendiente de cualquier incidencia y, además, el reportero se despojó el cinturón sólo el tiempo estrictamente necesario para realizar la entrevista. El resto del tiempo iba debidamente anclado al vehículo. No obstante, el Defensor insiste en que ninguno de nuestros programa puede dar una imagen de un hecho que es constitutivo de infracción administrativa de carácter grave, como señala el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, que establece en su artículo 117: ?deberán llevar abrochado el cinturón de seguridad tanto el conductor como los pasajeros (excepto menores de tres años que deberán ir en sillitas homologadas), siempre y cuando, el vehículo disponga de los cinturones de seguridad, quedan exentos de abrocharse el cinturón los pasajeros de vehículos antiguos que cuando se matricularon no era obligatorio que dispusiesen de cinturones de seguridad?.

Igualmente, es un incumplimiento de nuestro Libro de Estilo, que, en el apartado Deontología, punto 2.5.7 (página 42) señala que ?el profesional de Canal Sur Televisión y Canal 2 Andalucía debe asegurarse de que cualquier comportamiento negativo, antisocial o delictivo incluido en una noticia no induzca a la imitación?.