El Supremo aplica la amnistía a Puigdemont y acerca al final el proceso judicial y su regreso a España
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El juez Llarena confirma el levantamiento de las órdenes de detención del expresidente catalán y de los exconsellers Comín y Puig, pero deja claro que no comparte las razones del Contitucional para amnistiar la malversación.
El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha revalidado este lunes su decisión de levantar las órdenes nacionales de busca y captura y detención del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont y de los exconsellers Antoni Comín y Lluís Puig, lo que acerca al final su proceso judicial por el 'procés'.
El auto de Larena deja sin efecto las órdenes nacionales de busca y captura y detención al considerar aplicable a los tres políticos independentistas la doctrina constitucional sobre la concesión de la amnistía al delito de malversación fijada en la sentencia del Tribunal Constitucional, que concedió el amparo a la exconsellera Dolors Bassa.
No obstante, Llarena matiza que el pronunciamiento de este lunes "se limita al alzamiento de las órdenes, y no comporta la conclusión de un sumario pendiente de determinados recursos", ni tampoco "sustituye la resolución definitiva sobre la extinción de la responsabilidad y el sobreseimiento que corresponda adoptar por el órgano competente", en este caso la Sala de enjuiciamiento.
En el auto, Llarena también deja claro que no comparte las razones del Constitucional para aplicar la ley de amnistía en este caso, y vuelve a exponer los motivos por los que considera que existió un beneficio personal por parte de los dirigentes independentistas.
A criterio del Supremo, recuerda Llarena, "el beneficio personal podía consistir en quedar liberado de una obligación económica, aunque el dinero se hubiera empleado íntegramente en el referéndum".
"La discrepancia de este instructor no se sitúa al margen de los principios constitucionales, sino en el mismo plano en el que cinco magistrados del Tribunal Constitucional han defendido la validez de la interpretación que los otros siete rechazan", apunta Llarena.
Añade el magistrado que reconocer quién tiene la última palabra "no exige compartir que el problema solo admitiera una respuesta".
A pesar de que Llarena se muestra "convencido" de su interpretación previa, esto "no autoriza a conservar sus efectos": "La discrepancia queda expresada en este fundamento, pero la decisión que se adopta debe ajustarse íntegramente a la doctrina expresada ahora por el Tribunal Constitucional", matiza.