El Supremo da 5 días al Gobierno para que le remita la lista de afectados sin voto por suspender la ley de nietos

TRIBUNALES

El Alto Tribunal ha avisado de que si a las 15 horas del día 28 no han enviado esa información, la Sala de lo Contencioso Administrativo podrá acordar una multa coercitiva o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder.

23 oct 2026 - 13:33

El Tribunal Supremo ha reclamado a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y al ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, que remitan antes del 28 de octubre la relación nominal de las 163.020 personas afectadas por la aplicación de la Ley de Nietos, con apercibimiento de multa o deducción de testimonio.

En concreto, la Sala de lo Contencioso Administrativo requiere a los ministros que remitan al Supremo, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral, la relación nominal de las 163.020 personas afectadas por la suspensión del derecho a voto de extranjeros inscritos en el Centro de Residentes Ausentes (CERA).

Y les advierte de que si a las 15 horas del día 28 no han enviado esa información, la Sala podrá acordar una multa coercitiva o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder.

"Esta relación nominal que, incomprensiblemente para esta Sala, no ha sido facilitada aún, es fundamental para la correcta conformación del Censo Electoral de referencia, pues solo de ese modo responde a los principios de transparencia y objetividad del proceso electoral", dice la Sala, que señala que tan solo 91 personas han acreditado su exilio de 31.390 expedientes revisados desde el pasado 10 de septiembre cuando se acordó la medida cautelar.

Por otro lado, el despacho de abogados del exjuez Baltasar Garzón ha presentado ante el Tribunal Supremo un incidente excepcional de nulidad para que se pronuncie sobre la petición de tres ciudadanos españoles que han visto suspendido su derecho al voto a consecuencia de su decisión por la ley de nietos.

Tras el fallo del Tribunal Constitucional de no admitir a trámite el recurso del Defensor del Pueblo, el despacho presentó este miércoles los escritos de personación de tres afectados, sobre los cuales tiene que responder el Alto Tribunal en los próximos días.

El despacho informa en un comunicado de que presenta el incidente de nulidad "ante la gravedad de los hechos" con "el objetivo de que el Supremo se pronuncie ahora, ante la petición de nulidad de las medidas cautelares" efectuadas en nombre de tres afectados.

En su escrito, el despacho invoca la protección del derecho fundamental de participación política (voto) vulnerado al argumentar que "la suspensión del derecho de sufragio activo está excluido de nuestro ordenamiento jurídico desde 1995, cuando tan solo podía imponerse de forma individualizada y justificada, nunca en masa, por sentencia penal firme".

Además, considera que se han vulnerado otros derechos fundamentales, entre ellos el principio de igualdad ante la ley y a no sufrir ningún tipo de discriminación, debido a que se ha suspendido el derecho a voto de extranjeros inscritos en el Centro de Residentes Ausentes (CERA), pero no de aquellos que la han adquirido por idéntica vía y que no se hallan inscritos en él mismo.

También, denuncia la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por "la indefensión padecida por los afectados", que no fueron llamados a participar en el proceso hasta que la Sala refrendó sus medidas cautelares, y "por la arbitrariedad de la decisión por ser contraria a la legalidad constitucional".

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