La Audiencia Nacional permite finalmente levantar el campamento de migrantes en el puerto de Ceuta

crisis en la frontera

Tras frenar este miércoles la habilitación de dichas instalaciones, ha decidido que serán las disposiciones que adopte el Ministerio de Interior las que determinen las condiciones de seguridad de los agentes y para los propios migrantes.

17 sep 2026 - 15:45

La Audiencia Nacional ha rechazado la medida cautelarísima pedida por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) de paralizar la puesta en marcha de un campamento de acogida para un millar de migrantes en el puerto de Ceuta.  Tras frenar este miércoles la habilitación de dichas instalaciones, a la espera de resolver la petición cautelar, finalmente la Audiencia Nacional ha rechazado dicha medida, señalando que serán las disposiciones que adopte el Ministerio de Interior las que determinen las condiciones de seguridad de los agentes y para los propios migrantes, según indica el auto.

El mencionado sindicato policial pedía suspender cautelarísimamente una orden del Ministerio de Transportes del pasado 5 de septiembre que acuerda "la utilización de aproximadamente 16.000 metros cuadrados de la ampliación de Poniente del Puerto de Ceuta, para la instalación de un dispositivo temporal de acogida de personas migrantes, con capacidad aproximada de un millar de personas" hasta que se acreditara la seguridad. Sin embargo, los magistrados han rechazado adoptar esta medida al entender que Transportes consideró que existían razones de interés general para autorizar la ocupación temporal del puerto con la instalación de recursos de acogida.

La sección octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo no ha entrado en el fondo del recurso presentado por el SUP ante la orden de Transportes, algo que tendrá que hacer ahora.  En el auto, contra el que no cabe recurso, los jueces recuerdan que la orden recurrida únicamente autoriza el uso temporal de 16.000 metros cuadrados de dominio portuario y no "se hace pronunciamiento alguno sobre las concretas condiciones en que se va a prestar la atención humanitaria ni sobre las condiciones de prestación de servicios por parte de los agentes policiales".

También apuntan los jueces a que de forma expresa se establece que Transportes instará al Ministerio del Interior a colaborar activamente y aportar "medios necesarios para reforzar la seguridad" y por eso serán las disposiciones de Interior las que determinen las condiciones de seguridad para los agentes, los migrantes y el personal destinado al campamento.  Los magistrados indican asimismo que los razonamientos esgrimidos por el SUP "gravitan sobre la idea de que se pretende que la atención humanitaria a las personas migrantes se preste en condiciones de seguridad verificadas y documentadas y a la protección de la seguridad y salud laboral de los funcionarios de la Policía Nacional".

El SUP no cuestionaba la atención humanitaria, sino que tras los incendios registrados durante los últimos días en distintos asentamientos de Ceuta, consideraba arriesgado concentrar a un millar de personas en una instalación dentro del dominio público portuario sin acreditar previamente que se cumplen todas las garantías de seguridad.

Tras la decisión de la Audiencia Nacional, podrá seguir adelante este campamento, que contará con carpas y otros espacios destinados a zona de descanso, enfermería y dispensario, así como de áreas para la atención e intervención social, servicios sanitarios, oficinas para el personal de la entidad encargada de la prestación del servicio y una caseta destinada al servicio de seguridad, según indicaba la resolución recurrida.

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