acuerdo con csif y ugt
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Los empleados públicos podrán teletrabajar un día a la semana

Trabajadores con menores de 14 años o personas dependientes a cargo podrán teletrabajar al 100% en caso de cierre total o parcial de centros escolares o asistenciales.

El protocolo será de aplicación mientras se elabora una legislación específica en materia de teletrabajo

CANAL SUR MEDIA 15 septiembre 2020

La Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos mayoritarios -CSIF y UGT- para la aprobación del protocolo de medidas organizativas para aplicar el teletrabajo, en aquellas funciones que sean susceptibles de teletrabajo y mientras se mantenga la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19.

La condición principal para poder acogerse al teletrabajo es que se pueda hacer. Es decir, que las funciones que haga habitualmente el empleado las pueda realizar desde casa. Cualquier empleado que cumpla esta condición podrá solicitar la posibilidad de trabajar desde casa un día a la semana.

Asimismo, para las personas con menores de 14 años o personas dependientes a cargo, cuyas funciones puedan desarrollarse de modo no presencial, se reconoce la posibilidad de teletrabajo al 100% de la jornada en caso de cierre total o parcial de centros escolares o asistenciales o de algún caso debidamente confirmado de covid-19 en la unidad familiar.

Este régimen acordado de teletrabajo es más beneficioso para los empleados afectados que el actualmente vigente para este supuesto, que contempla un máximo del 80% de teletrabajo.

En relación a su aplicación a los diferentes sectores de la Junta de Andalucía, se establece que será en las correspondientes Mesas Sectoriales y de Negociación donde se analizarán y desarrollarán las particularidades propias de los sectores.

El protocolo, que será de aplicación mientras se elabora una legislación específica en materia de teletrabajo, cuyos trabajos ya se han iniciado, identifica las funciones que se consideran susceptibles de trabajo no presencial, con lo cual se gana en seguridad jurídica y en claridad respecto a la situación actual, limitándose el margen de discrecionalidad actualmente existente lo que redunda en beneficio de los empleados y empleadas públicos.

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