El Gobierno andaluz ha aprobado que el uso de la mascarilla sea de obligado cumplimiento para evitar los contagios del covid
Vamos a conocer las excepciones a esta regla general: menores de seis, deporte individual, baño en playas o piscinas, y enfermedades respiratorias o personas dependientes
Vídeo: el consejero de Salud detalla su uso obligatorio y las excepciones de la norma
Desde esta miércoles, las mascarillas serán obligatorias en toda Andalucía para las personas de seis años en adelante tanto al aire libre como en los recintos cerrados, con independencia de que pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, incluyendo los paseos por la playa. Quien incumpla esta medida podrá ser sancionado con una multa de 100 euros.
Hay excepciones en esta norma general. En playas y piscinas no serán necesarias durante el baño ni mientras se permanezca en la sombrilla, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad entre los usuarios, pero sí para los paseos.
La Consejería de Salud y Familias hace hincapié en que se recomienda su uso en los espacios abiertos o cerrados privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad.
La obligación del uso de la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre tampoco se exigirá su uso, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.