CONSEJO DE GOBIERNO
CONSEJO DE GOBIERNO

La Junta prohíbe locales de juego a menos de 150 metros de un colegio

El ejecutivo ha aprobado un decreto sobre estos locales que prevé también la instalación de controles de admisión para evitar la entrada de menores. 

El régimen sancionador se endurece de forma que la Junta podrá llegar a clausurar el local.

Se prohíbe cualquier tipo de publicidad, cartelería o imágenes en cualquier soporte que difundan mensajes o representaciones del juego o de las apuestas.

El gobierno ha dado luz verde a la reforma fiscal acordada por PP, Ciudadanos y Vox.

CANAL SUR MEDIA 11 mayo 2021

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes un decreto que refuerza las medidas de vigilancia para impedir el acceso a los locales de juego y apuestas de los menores de edad y de las personas con problemas de adicción a través de la imposición de un control de admisión presencial antes de entrar al local y el endurecimiento de sanciones, que pueden llegar a la suspensión temporal de la autorización e incluso la clausura del establecimiento.

El decreto, que modifica los reglamentos aplicables en materia de juego anteriores, también impulsa iniciativas de prevención y protección a los colectivos más vulnerables mediante la prohibición de publicidad exterior y el establecimiento de una distancia mínima de 150 metros respecto de colegios e institutos para salones de nueva apertura.

Según ha explicado en rueda de prensa el consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo, el Gobierno andaluz prioriza la adopción de medidas reglamentarias que doten de mayor eficacia al control de acceso a este tipo de establecimientos bajo el principio de tolerancia cero a la entrada de menores y personas que estén inscritas en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso en locales de juego y apuestas.

En este sentido, la nueva norma obliga a la instalación de controles de admisión en el acceso al establecimiento que deben estar supervisados por un trabajador del local, de modo que se impida la entrada a menores y a cualquier persona que lo tenga prohibido, y se eliminan por tanto las zonas que hasta ahora eran de libre acceso.

Asimismo, se establece para los nuevos salones de juego una distancia mínima de 150 metros de centros de enseñanza reglada no universitaria (colegios e institutos), que se viene a sumar a los 100 metros de distancia mínima que deben mediar entre dos salones de juego y que ya existía con anterioridad.

Además, mediante este decreto se adapta el régimen sancionador de los distintos Reglamentos que ya recogía el decreto ley aprobado por el Gobierno andaluz en diciembre de 2019 y por el que pasan a considerarse muy graves, en lugar de graves, las infracciones relativas a permitir el acceso a menores y a personas vulnerables, instalar publicidad no autorizada e incumplir los horarios de apertura, que conllevan multas que oscilan entre los 10.000 y los 300.000 euros (antes, las multas se situaban entre los 600 y 10.000 euros). Este endurecimiento de sanciones se traduce, además, en la potestad de la Administración autonómica para suspender temporalmente la autorización e incluso clausurar el establecimiento si se producen estos supuestos.

Como medida de prevención, se prohíbe cualquier tipo de publicidad, cartelería o imágenes en cualquier soporte que difundan mensajes o representaciones del juego o de las apuestas, así como de deportistas sobre cuyos deportes se pueden cruzar apuestas en las fachadas y paramentos exteriores de los establecimientos. Tampoco podrá ser visible desde el exterior la información sobre la cotización puntual de las apuestas deportivas. Además, se amplía el ámbito del registro de Control de Interdicciones de Acceso para que abarque toda Andalucía. Antes era sólo provincial.o.

REFORMA FISCAL

El Consejo de Gobierno también ha dado el visto bueno a la tramitación de la proposición de ley del Partido Popular, Ciudadanos y Vox para una nueva rebaja fiscal. 

Respecto al decreto ley que rebaja el tipo general del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Itpajd), consiste en la reducción del tipo de gravamen general aplicable a la transmisión de inmuebles (Transmisiones Patrimoniales Onerosas) y a la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto los de garantía, pasando de los tipos actuales del 8%, 9% y 10% a un único tipo general del 7%. De igual modo, se reduce el tipo de gravamen general para los documentos notariales (Actos Jurídicos Documentados) del 1,5% al 1,2%.

Así, en el supuesto de una transmisión de un inmueble valorado en 180.000 euros entre dos particulares, con la normativa existente antes de la entrada en vigor de este decreto ley, la base imponible se multiplicaba por el tipo del 8% del primer tramo de la tarifa (que aplica hasta 400.000 euros), con el resultado de una cuota tributaria de 14.400 euros. A partir de la publicación del decreto ley, lacuota tributaria resultante es de 12.600 euros tras aplicar un tipo general del 7%. El ahorro que se produce es, por tanto, de 1.800 euros.

ES NOTICIA