PARA TODA ESPAÑA
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La DGT unifica los criterios para usar los patinetes eléctricos... y multarlos

La regla básica es que las aceras son sólo para peatones, no para vehículos eléctricos

Conductas bastante habituales pasan a tener elevadas multas para los infractores de esta norma

4 diciembre 2019

La norma hecha pública por la Dirección General de Tráfico se circunscribe a vehículos de movilidad personal como patinetes y monociclos eléctricos y segways, en los que sólo puede ir una persona y cuya velocidad máxima no sobrepase los 25 kilómetros por hora. Se excluyen, por lo tanto, los vehículos con sillín.

- no podrán circular por zonas peatonales

- deben disponer de luces

- sus conductores tienen la obligación de someterse a controles de alcohol y drogas

En cuanto a las multas, ésto es lo estipulado:

- 100 euros por ir dos personas

- llevar auriculares o usar móvil, 200 euros

- circular por aceras, 200 euros

- no llevar luz ni chaleco reflectante de noche, 200 euros

- sobrepasar la tasa de alcohol o ante presencia de drogas,  la multa oscila entre 500 y 1000 euros

El uso del casco se deja en manos de los ayuntamientos, así como las zonas de aparcamiento. En caso de que los infractores tengan menos de 18 años, los padres serán los responsables de la multa.

Y ante las compras de Navidad se recomienda fijarse en las características técnicas de algunos vehículos que se venden por internet y que ofrecen prestaciones superiores a lo establecido. Puede ser que el regalo salga mucho más caro de lo previsto

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