Penas de 3 a 6 años por provocar un incendio forestal

Código penal

La reforma del Código Penal del año 2015 endureció las penas en función de los daños generados y la intencionalidad

Penas por provocar incendios forestales
CANAL SUR MEDIA
21 jul 2025 - 00:00

La reforma del Código Penal del año 2015 endureció las penas para aquellos que provoquen un incendio forestal.  En función de los daños generados y la intencionalidad, la condena podría ser de 10 a 20 años, si se pone en peligro la vida humana.

Además de una multa de 12 a 24 meses. Se refiere a la cantidad de dinero que se debe pagar como sanción económica, basándose en los ingresos del condenado y otros factores relevantes.

Para los incendios graves la pena iría de 3 a 6 años de cárcel y una multa de 18 a 24 meses.  Las condenas bajan cuando los incendios no son forestales. Quien provoque un incendio de este tipo se enfrenta a penas que van de los de 6 meses a los 2 años y una multa de 6 a 24 meses.

Para el  incendio no extendido, el Código Penal contempla un castigo de 6 meses a un año de prisión y una multa de 6 a 12 meses para la persona que prenda fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio. No se contempla pena alguna si esta extensión no se produce voluntariamente... 

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