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ESTIMA LOS RECURSOS
La Audiencia Provincial de Madrid ha dejado sin efecto la petición que el juez Juan Carlos Peinado hizo de los correos electrónicos enviados y recibidos entre 2018 y 2025 por Begoña Gómez, mujer de Pedro Sánchez, desde su cuenta institucional, así como su envío a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado los recursos presentados por la Fiscalía y la defensa de Begoña Gómez respecto a una providencia dictada por Peinado el pasado 3 de septiembre, y ha revocado la parte dispositiva al considerar que la petición de los correos carecía de la justificación necesaria e incumplía, por ello, los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad, según señala en un auto dictado el 9 de diciembre, al que ha tenido acceso EFE este lunes.
El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid recibió copia de los correos enviados y recibidos por Begoña Gómez entre el 18 de julio de 2018 y el 23 de septiembre de 2025 desde la cuenta que le asignaron en Moncloa y los remitió a la UCO a través de una providencia dictada el 2 de noviembre.
Ahora, ese movimiento quedará sin efecto tras el auto de la Audiencia de Madrid, que argumenta que la interceptación de las comunicaciones se tiene que adoptar mediante un auto judicial motivado y superar los principios de especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad.
Sin embargo, los tres magistrados señalan que la resolución de Peinado "por utilizar la forma de providencia" no hace mención a ninguno de los requisitos exigidos, "lo que viene a dar la razón a los recurrentes" acerca de que "resulta una medida carente de la justificación necesaria".
Peinado pidió los correos de la mujer del presidente del Gobierno para esclarecer si ésta influyó a favor de las empresas de Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos, así como su rol en la cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) o si empleó a su asesora para sus actividades privadas.
La Fiscalía y la defensa de Gómez recurrieron esta decisión al considerar que era "absolutamente desmesurada" y que vulneraba sus derechos fundamentales y la ley.
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