disparidad jurídica
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El TSJA vuelve a rechazar el cierre de Montefrío y avala el de La Campana

El Gobierno andaluz ha recurrido al Tribunal Supremo para que le permitan cerrar la localidad granadina.

CANAL SUR MEDIA 14 mayo 2021

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado el cierre perimetral del municipio sevillano de La Campana pero ha vuelto a rechazar el de Montefrío, en Granada. El Gobierno andaluz ha recurrido al Tribunal Supremo para que le permitan cerrar la localidad granadina.

En La Campana la tasa de incidencia del coronavirus es de casi 1.300 casos por cada 100.000 habitantes. En un auto dictado este 14 de mayo, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, estima la solicitud del Gobierno andaluz, que solicitó como "medida sanitaria urgente y necesaria para la protección de la salud pública" el confinamiento de La Campana porque la tasa de incidencia es de 1.298,21 por cada 100.000 habitantes en los últimos catorce días. De acuerdo con la decisión del TSJA, La Campana estará cerrada del 13 al 19 de mayo.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha vuelto a rechazar, por segunda vez esta semana, la orden emitida por la Junta para confinar Montefrío (Granada), con una tasa de 2.108. En el auto, la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Granada, vuelve a incidir en que no es posible amparar interpretaciones extensivas que dieran cobertura jurídica a una limitación de derechos fundamentales de forma "indiscriminada y masiva".

Se trata de la segunda vez desde el cese del estado de alarma, el domingo pasado, que el alto tribunal andaluz se pronuncia sobre el cierre perimetral de Montefrío a petición de la Junta, después de que ya lo hiciera el martes pasado rechazando el confinamiento impuesto al considerar entonces que las restricciones de derechos fundamentales no pueden realizarse de forma "indiscriminada y masiva", decisión que el Gobierno andaluz recurrió ante el Supremo.

Tanto el cierre perimetral de Montefrío como el de La Campana cuentan sin embargo con el aval de la Fiscalía Superior de Andalucía, que los ha respaldado en sendos dictámenes emitidos al TSJA para su pronunciamiento con el argumento de que la medida cuenta con "la habilitación legal suficiente" y resulta "proporcionada" a la compleja situación de riesgo sanitario actual.

RECURSO ANTE EL SUPREMO
La Junta de Andalucía ha recurrido este viernes ante el Tribunal Supremo la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de rechazar el primer cierre de Montefrío (Granada) y ha alegado que la alta incidencia de coronavirus constituye "suficiente motivación" para ello.

El Ejecutivo andaluz explica que el confinamiento de municipios es una medida que puede adoptarse al margen de los estados excepcionales y que la adopción de ciertas medidas encuentra amparo legal en la ley orgánica de salud pública de 1986, cuyo rango orgánico permite que se pueda "afectar a derechos fundamentales".

En el recurso se argumenta que el confinamiento "no supone suspensión de derechos fundamentales, sino sólo limitación", según fuentes de la Junta de Andalucía.

La no inclusión de las personas vacunadas dentro de las excepciones a la medida de confinamiento no justifica por sí sola la falta de proporcionalidad, considera la Junta.

Además, explica que la existencia de informes técnicos que recogen los datos de "alta incidencia" de la enfermedad en un determinado ámbito territorial "constituye suficiente motivación" para el confinamiento y que la medida es proporcionada al estar limitada temporal y espacialmente, y al contar con excepciones en los casos que esté justificada la entrada y salida del municipio.

El recurso interpuesto se fundamenta en la competencia de las comunidades y, por tanto, de Andalucía, al amparo del Estatuto de Autonomía, de la legislación sanitaria ordinaria y sobre todo de la ley de salud pública de 1986, para adoptar "ciertas medidas sanitarias" que permitan el control de enfermedades transmisibles, de carácter general y no vinculadas únicamente a personas enfermas y su entorno que puedan afectar a derechos fundamentales.

Este recurso hace referencia al primer rechazo de cierre de Montefrío por parte de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA de Granada. En la actualización semanal de las medidas, la Junta volvió a pedir el cierre y este viernes esa misma sala ha vuelto a rechazar por segunda vez el confinamiento del pueblo.

Sin embargo, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA en Sevilla ha dictaminado de forma diferente en sus resoluciones sobre otros municipios, como fue el caso la semana pasada de Bornos, Villamartín (Cádiz) y Castro del Río (Córdoba), y este viernes del municipio sevillano de La Campana.

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