Declaración
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El próximo miércoles comienza la Campaña de la Renta

Unos 22 millones de contribuyentes deberán presentar su declaración, en una campaña que se prolongará hasta el 1 de julio.

Desde el 3 de abril podrá hacerse por Internet. También existe la opción de pedir cita telefónica o presencial, para lo que habrá que esperar al mes de mayo. 

CANAL SUR MEDIA 31 marzo 2024

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 comienza el próximo miércoles 3 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, pero desde esta semana los contribuyentes pueden acceder a sus datos fiscales desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

Unos 22 millones de contribuyentes deberán presentar la declaración de la renta, en una campaña que se prolongará hasta el 1 de julio, un día más de lo que suele ser habitual, ya que el 30 de junio cae este año en domingo.

Desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono; la solicitud de cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.

Será entre el 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas, con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio.

En 2023 el Gobierno puso en marcha algunas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado, como el incremento en la reducción de las retenciones del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, algo que afectará en esta campaña a los contribuyentes con estos ingresos anuales.

Están obligados a presentar su declaración los trabajadores por cuenta ajena que hayan tenido rendimientos superiores a los 22.000 euros anuales con un solo pagador y de 15.000 euros anuales si tiene más de uno y siempre que el segundo o los demás pagadores superen los 1.500 euros anuales.

Una de las novedades más significativas es que todos los autónomos tendrán que presentar la declaración, incluso aquellos que no hayan obtenido los ingresos mínimos.

Otra de las novedades a tener en cuenta de cara a esta campaña es que las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 

En relación con la obligación de declarar, los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 elevaron el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo de 14.000 euros a 15.000 euros anuales. No obstante, Hacienda insiste en que los contribuyentes no obligados a declarar, aunque no les resulte exigible la presentación de una declaración con resultado a ingresar, sí están obligados a presentarla cuando soliciten una devolución del impuesto.

Además, en 2023 se elevó un punto, hasta el 27 %, la tributación de las rentas del capital en el IRPF superiores a 200.000 euros, y para las plusvalías superiores a 300.000 euros, se elevará hasta el 28 %, dos puntos más.

De su lado, los autónomos se beneficiarán de una reducción de un 5 % adicional en los rendimientos netos en la tributación por módulos y, en la estimación directa simplificada, tendrán una deducción adicional de dos puntos, hasta el 7 %, en gastos de difícil justificación.

También tendrán que prestar atención a esta Campaña los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF. Una sentencia del Tribunal Supremo diera la razón a un jubilado del sector bancario que pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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