REFUERZO TERRITORIAL
REFUERZO TERRITORIAL

La Junta amplía sus delegaciones provinciales

El gobierno andaluz reordena su estructura periférica 

CANAL SUR MEDIA 29 diciembre 2020

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que regula la nueva organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía para dotarla de "mayor agilidad y eficacia en su funcionamiento, a coste cero, y para aglutinar en un texto toda la normativa dispersa al respecto".

Así lo ha asegurado en rueda de prensa tras la reunión del gabinete el vicepresidente, Juan Marín, que ha defendido que Gobierno PP-Cs es el que rige la comunidad autónoma con menos consejerías por habitante de España y "con la menor estructura en cuanto a sus órganos de dirección".

Con el decreto de 16 nuevas personas, todas ellas funcionarios públicos, reforzarán el trabajo en las ocho delegaciones provinciales de la Junta.

La norma se basa en los principios de eficacia, desconcentración funcional y territorial, coordinación y proximidad a la ciudadanía.

Su objeto es determinar la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía en los términos fijados por el Capítulo III, del Título II de la Ley 9/2007, ordenando la figura de las personas titulares de los órganos directivos periféricos en que se organice y las unidades administrativas que se les adscriban, así como sus funciones y competencias.

La Administración de la Junta de Andalucía podrá estructurarse en delegaciones del Gobierno y delegaciones provinciales de cada una de las distintas consejerías, o bien en delegaciones del Gobierno y delegaciones territoriales.

Estas podrán tener asignados los servicios correspondientes a determinadas materias de una consejería, el conjunto de los servicios de una consejería o agrupar los servicios periféricos de varias.

En virtud del decreto, la actual Delegación territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, separa los servicios periféricos correspondientes a Educación y Deporte e Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Igualmente, la Delegación territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, se divide en dos: una para Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, y otra para Cultura y Patrimonio Histórico.

Por su parte, la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local mantiene una Delegación territorial de Turismo y otra de Regeneración, Justicia y Administración, igual que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, que divide sus competencias en las delegaciones territoriales de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Desarrollo Sostenible.

Mientras, continúan en una misma delegación territorial los servicios de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, y los de Salud y Familias.

Igualmente, a las delegaciones del Gobierno de la Junta se les adscribirán los servicios periféricos de las Consejerías de Presidencia, Administración Pública e Interior y de Hacienda y Financiación Europea.

Esta norma no establece ninguna carga administrativa añadida derivada de su aplicación para la ciudadanía y contribuye a racionalizar con su aplicación la gestión de los recursos públicos.

Las personas titulares de las delegaciones territoriales tendrán rango de delegado provincial, tanto las de nueva creación como los hasta ahora coordinadores provinciales.

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