RESTRICCIONES
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Montoro vuelve a tener toque de queda entre las 2 y las 7 de la mañana

La medida solicitada por la Junta estará en vigor durante una semana.

El tribunal cree que la medida está justificada por la alta incidencia de la covid.

Aún no hay decisión sobre Marbella y Estepona.

CANAL SUR MEDIA 29 julio 2021

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Sevilla ha ratificado este jueves el toque de queda entre las 2:00 y las 7:00 horas durante una semana que pidió la Junta para Montoro (Córdoba) por superar la tasa de incidencia de 1.000 casos.

La medida estará en vigor durante siete días naturales a contar desde esta ratificación judicial, mientras que la decisión del TSJA sobre Marbella y Estepona (Málaga) todavía no se ha producido.

La sala considera que las medidas propuestas por la Junta de Andalucía "se hallan justificadas por razones de salud pública y ante la necesidad de evitar la propagación de la pandemia existente", ha informado en un comunicado el TSJA.

Aunque reconoce la controversia sobre la posibilidad de su ratificación tras el levantamiento del estado de alarma, considera que "siguen amparándose en normas legales que contemplan restricciones por razón de la tutela de otros bienes e intereses constitucionalmente protegidos", como el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

Esta ley, como señala el auto, "no permite concluir en la presencia de un amparo normativo indiscriminado de cualesquiera restricciones de derechos fundamentales, pero sí permite en cada caso valorar su proporcionalidad, necesidad e idoneidad en atención a las circunstancias concurrentes, como acaece en este supuesto".

Los magistrados consideran que la medida ha sido suficientemente justificada por las autoridades sanitarias y que persigue "un fin constitucionalmente legítimo: proteger la salud pública de la población de dicho municipio ante la situación de pandemia existente".

Además, según el auto, se aprecia "la debida proporcionalidad de las medidas" porque son "imprescindibles" para garantizar la salud pública de los vecinos del municipio, "erradicando el alto riesgo de contagio inminente que existiría de contrario".

También recuerda que la medida tiene un alcance temporal que se extiende durante siete días naturales, "pudiendo ser revisado si así lo requiriese la evolución de la situación epidemiológica de mantenerse las circunstancias que motivan su aprobación".

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