El Parlamento de Andalucía reforma la ley de Discapacidad

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Garantiza a este colectivo la accesibilidad en las estaciones de servicio y amplía a terceros las sanciones por el mal uso de tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.

El Parlamento reforma la ley de discapacidad
CANAL SUR MEDIA
27 jul 2023 - 00:00

El Parlamento de Andalucía ha aprobado este miércoles la reforma de la ley de los Derechos y Atención a Personas con Discapacidad que garantiza a este colectivo la accesibilidad en las estaciones de servicio y amplía a terceros las sanciones por el mal uso de tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida.

Este proyecto quedó pendiente en la anterior legislatura al disolverse la Cámara andaluza por las elecciones autonómicas y sus objetivos son, entre otros, garantizar la accesibilidad a la personas con discapacidad y adaptar la ley a la normativa de la UE. 

La reforma, con dos modificaciones legales, establece que las instalaciones en las que se pongan a la venta, a través de máquinas expendedoras o suministradoras automáticas bienes como combustibles y carburantes deberán contar con personal cualificado que asista a las personas con discapacidad. 

Este tipo de instalaciones tendrán que cumplir, en todos los casos, los parámetros de accesibilidad previstos en la normativa de accesibilidad universal o la europea equivalente. 

La reforma incluye cuestiones como que los mostradores de las gasolineras puedan ser usados por personas en sillas de ruedas, que las zonas de circulación tengan el ancho adecuado y estén libres de obstáculos y que los objetos que necesiten ser accionados sean fácilmente manipulables por cualquier persona. 

También que estén dotadas de una buena iluminación y señalización visual, acústica y táctil, y que la persona usuaria pueda usar la lengua de signos si lo necesita o que existan carteles en Braille. 

En caso contrario, deberán contar en el horario diurno comprendido entre las 7.00 y las 22.00 horas con una persona responsable que atienda las necesidades de personas que presenten dificultades para acceder al servicio.

De igual forma, modifica el régimen sancionador en materia de infracciones por el uso indebido de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida. 

Se trata de evitar que las sanciones recaigan sobre las personas titulares y dejen impune la conducta de terceras personas que, en la mayoría de los casos, acaban siendo las responsables de estos abusos con dichas tarjetas.

La tarjeta es personal e intransferible, solo se puede usar para el transporte del titular y está totalmente prohibida su cesión a terceras personas o su uso de otra forma diferente a la prevista legalmente. 

Unicamente se puede utilizar para el transporte del titular y está totalmente prohibida su cesión a terceros o su uso si el titular no es transportado. 

Las infracciones por el uso indebido de la tarjeta de aparcamiento serán también sancionadas mediante cuantías económicas en el caso de terceros, mientras las personas titulares serán sancionadas, únicamente, con la retirada de la tarjeta de aparcamiento. 

Las infracciones leves por un plazo de uno a seis meses; las graves con retirada de la tarjeta durante seis meses a doce meses y las muy graves por un periodo de doce a veinticuatro meses.

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