La Junta diseña un plan turístico de 717 millones para aumentar el empleo y el gasto por visitantes

CONSEJO DE GOBIERNO

El plan estará vigente hasta 2027 y sus detalles se conocerán el jueves.

Pretende reducir la estacionalidad en un doce por ciento y aumentar el empleo un catorce por ciento.

Además, contempla aumentar el gasto medio diario del turista en un dieciocho por ciento.

El consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que facilita a los ayuntamientos aplazar sus deudas con la Junta y, por tanto, su acceso a los fondos Next Generation.

GOBIERNO APRUEBA FINANCIACION AYTOS Y PLAN TURISMO
CANAL SUR MEDIA
07 sep 2021 - 00:00

El gobierno andaluz ha dado luz verde al plan general de turismo sostenible 2021-2027, con una dotación de 717 millones orientados a los objetivos de reducir la tasa de estacionalidad en un doce por ciento, aumentar el empleo un catorce por ciento y el gasto medio diario del turista en un dieciocho por ciento en seis años.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno el vicepresidente y consejero de Turismo, Juan Marín, ha informado este martes de dicho plan, que se presentará el próximo jueves en Málaga en un acto oficial y que sustituye al plan general de turismo sostenible 2016-2020.

Este plan contará con una dotación económica de 717 millones entre 2021 y 2027, de los que 546,7 millones los aporta la Consejería de Turismo -208 millones proceden de sus fondos propios y 266 millones de fondos europeos- y el resto e consejerías financian 170,7 millones, ha explicado Marín.

El consejero ha destacado que este plan "marcará el futuro estratégico de Andalucía en materia turística" y su posicionamiento en el mercado nacional e internacional y ha subrayado que se busca mejorar la gestión socioeconómica de esta actividad a través del desarrollo de instrumentos, programas y proyectos y elevar la satisfacción de quienes disfrutan del destino Andalucía. El plan META tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, prorrogable por periodos anuales hasta un máximo de tres.

Algunos de los objetivos claves de este plan son aumentar la contribución del turismo a la economía andaluza, mejorando los ingresos por turista un 3 % como media anual acumulativa; generar un empleo de calidad e incrementar en un 2,5 % la media anual acumulativa de personal ocupado y elevar más allá del 80 % la tasa de turistas satisfechos o muy satisfechos con el destino Andalucía.

Otros retos de este plan son optimizar el proceso de adaptación y transformación tecnológica, especialmente en zonas rurales y de interior; reducir la estacionalidad a menos del 2 % y mejorar la distribución territorial de los flujos turísticos e impulsar la sostenibilidad de la industria turística.

FACILIDADES DE ACCESO A LOS FONDOS NEXT GENERATION PARA LOS AYUNTAMIENTOS

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un decreto ley para facilitar el aplazamiento y fraccionamiento del pago de la deuda de las entidades locales con la Junta de Andalucía con el fin de que puedan acceder a los fondos europeos de reconstrucción Next Generation.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el vicepresidente de la Junta, Juan Marín, ha explicado que la situación actual de algunas corporaciones locales, especialmente ayuntamientos, derivada de sus deudas con la Administración autonómica les impide afrontar a corto plazo sus obligaciones tributarias y el cumplimiento de pago de otras deudas, lo que podría impedirles acceder a los fondos europeos, con el consiguiente perjuicio para la ciudadanía.

Por ello, el Ejecutivo autonómico ha aprobado este decreto ley, que modifica la Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la participación de las entidades locales en los tributos de la comunidad autónoma de Andalucía (Patrica).

La nueva norma fija un periodo de carencia de hasta dos años para comenzar a abonar deudas con la Junta y, además, permite fraccionar el pago durante los siguientes 15 años una vez transcurrido ese periodo de carencia.

En concreto, el plazo para el pago fraccionado se determinará dividiendo la deuda entre el 25 % del importe anual de la Patrica.

Para asegurar el cobro de la deuda en caso de impago, se podrá proceder a la compensación con los abonos correspondientes a la participación de las entidades locales en los tributos de la comunidad hasta un límite del 50 % para no condicionar su viabilidad financiera.

El máximo a aplazar y fraccionar no podrá exceder de la cuantía resultante de multiplicar por 15 el importe de la Patrica consignada para cada entidad local en el Presupuesto vigente de la comunidad, en la fecha de la solicitud del aplazamiento y fraccionamiento.

Además, se modifica la Ley General de la Hacienda Pública, para que las corporaciones locales, empresas o personas físicas con deudas aplazadas o fraccionadas vigentes puedan recibir subvenciones, ya que lo que se pretende es precisamente que no se vean perjudicadas cuando han regularizado su situación o se ha suspendido la deuda, aún en periodo ejecutivo.

Asimismo, se permitirá a entidades públicas y privadas aplazar o fraccionar reintegros que deban hacer a la Junta por mandato judicial o resolución administrativa firme.

Para ello, deberán aportar un compromiso de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o de certificado de seguro de caución.

No podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento los reintegros obligados, de acuerdo con la legislación concursal, que tengan la consideración de créditos contra la masa; los resultantes de la ejecución de decisiones de la Comisión Europea de recuperación de ayudas de Estado, y resoluciones firmes total o parcialmente desestimatorias a recursos que quedaran suspendidos durante la tramitación de dichos recursos (salvo que cuentan con el compromiso de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o de certificado de seguro de caución).

Tampoco los reintegros de remanentes no aplicados así como los intereses de demora derivados de los mismos (salvo los que sean objeto de devolución con anterioridad al inicio del procedimiento de reintegro, que no tendrán necesidad de constitución de garantía cuando su importe sea inferior a 30.000 euros

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