La Audiencia declara prescrita la causa contra Chaves y Zarrías por el "préstamo puente" a Cárnicas Molina

decisión judicial

El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla abrió una pieza por este préstamo puente a la empresa, y que muchos consideran el origen de los ERE.

El crédito data de 1999 y tenía un importe de 970 millones de pesetas.

CHAVES ZARRIAS EFE
CHAVES ZARRIAS EFE
CANAL SUR MEDIA
04 nov 2020 - 00:00

La Audiencia Provincial de Sevilla ha declarado prescrita la causa que un juzgado abrió por presunta malversación y prevaricación contra quince personas, entre ellas el expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves, por un préstamo concedido en 1999 a la empresa jiennense Campocarne.

En un auto dictado el 28 de octubre, la Sección Séptima de la Audiencia sevillana estima el recurso presentado por un exdirector de Primayor Foods, heredera de Hamsa, al que se adhirió la defensa del exconsejero andaluz de Trabajo Guillermo Gutiérrez y deja sin efecto el auto de incoación de las diligencias, dictado el 3 de diciembre de 2019 por el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

También anula un auto posterior, fechado el 19 de junio de este año, en el que el instructor desestimó un recurso de reforma contra el auto de incoación de diligencias en un caso que dimana de la macrocausa de los ERE de la Junta.

La Audiencia, en un auto que es firme, declara prescritos los delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos respecto al recurrente, "los demás directivos" de Primayor y "los responsables políticos de la Junta de Andalucía que autorizaron la concesión y el pago del préstamo".

El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, abrió una pieza para investigar si Chaves y otros nueve ex altos cargos del Gobierno andaluz, entre ellos cinco exconsejeros, prevaricaron y malversaron al autorizar un préstamo "puente" de 5.829.817 euros que el antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) concedió a Campocarne Andalucía, anteriormente conocida como Hamsa y después como Primayor.

Ese crédito fue otorgado el 29 de octubre de 1999, fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta el 9 de noviembre y se materializó el 22 de diciembre mediante dos cheques por la suma total de 970 millones de pesetas.

El juez instructor y Anticorrupción defendieron que la malversación se consumó en diciembre de 2005, cuando los fondos dejaron de ser un activo del IFA como consecuencia de su "impago o amortización fallida", teniendo en cuenta que el préstamo tenía un plazo de amortización de seis años desde su firma.

La Audiencia, en un auto facilitado por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), explica que no comparte ese criterio y recuerda que la doctrina del Tribunal Supremo establece que la malversación "se consuma con la sola realidad dispositiva de los fondos públicos".

En el caso de Campocarne, es "incuestionable" que la empresa "dispuso del dinero en el momento de su entrega material", es decir, el 22 de diciembre de 1999, "cuando el IFA liberó los fondos" a través de los dos cheques y la mercantil "los incorporó a su activo".

Fue entonces, según la Sección Séptima, cuando se produjo el "desplazamiento patrimonial en perjuicio del erario público", por lo que el plazo de prescripción de la malversación, que es de quince años, estaba cumplido cuando se incoó la causa, el 3 de diciembre de 2019, casi veinte años más tarde.

La Audiencia añade que, tal como destacaron el instructor y el fiscal, "nunca" hubo "voluntad de devolución ni de cobro del préstamo", por lo que los delitos "habrían quedado consumados" desde la "misma génesis" del crédito, desde la escritura pública firmada el 22 de diciembre de 1999.

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