Se abre el plazo para apuntarse a los viajes del Imserso

desde el 1 al 30 de julio

Se han convocado 816.029 plazas de destinos vacacionales, unos viajes que comenzarán entre octubre de 2021 y junio de 2022.

viajes imserso jaen
CANAL SUR MEDIA
01 jul 2021 - 00:00

Este jueves 1 de julio se abre el plazo para apuntarse a los viajes del Imserso. Serán los primeros después de la pandemia, ahora que todos los pensionistas están vacunados.

Se han convocado 816.029 plazas de destinos vacacionales, unos viajes que comenzarán entre octubre de 2021 y junio de 2022.

Pueden tener una duración de 4 a 10 días en régimen de pensión completa, salvo los viajes a capitales de provincia cuyo régimen será de media pensión.

Por destinos de viaje, el Imserso ofrece estancias de 10 y 8 días en la zona de costa peninsular de Cataluña, Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana, así como en las zonas costeras de las comunidades insulares. Al contrario pasará con los viajes de turismo de interior que la estancia será de cuatro, cinco y seis días.

Los precios oscilan entre los 115 y los 450 euros. El día 30 de julio termina el plazo para apuntarse. Y lo puede hacer desde la página web del Imserso que recomienda que la presentación de las nuevas solicitudes se haga forma telemática a través de su Sede electrónica del Imserso.

Otra opción es descargar de la página web del Imserso el modelo de solicitud y, una vez cumplimentado, enviarlo a través de los registros electrónicos y oficinas relacionados en el artículo 7 de la Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre.

También se puede hacer por sobre franqueado, no por correo certificado, a la siguiente dirección: programa de Turismo del Imserso, apartado de correos 10.140 28080 Madrid.

REQUISITOS

Para darse de alta en el Imserso y disfrutar de las ventajas económicas y sociales que ofrecen estos viajes es necesario ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español, ser pensionista de viudedad con 55 o más años, ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más.

También lo pueden solicitar si está asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con 65 años o más, ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema de la Seguridad Social del país del que ha retornado.

También te puede interesar

Lo último

stats