Griñán y Chaves piden su absolución

condena de los ere

"No puede malversar quien no puede decidir sobre los fondos", sostiene su defensa. Los letrados de los exconsejeros Viera, Fernández y Vallejo han insistido en la falta de pruebas. La fiscalía pide que se confirmen las condenas.

La defensa de Chaves pide su absolución de los ERE porque, argumentan, los actos políticos están excluidos de la prevaricación

Este jueves será el turno para las defensas del exconsejero de presidencia Gaspar Zarrías y del expresidente de la Junta Manuel Chaves condenado a 9 años de inhabilitación.

La fiscalía pide que se confirmen las condenas. El fallo del Supremo no se dará a conocer hasta después de las elecciones andaluzas.

El Tribunal Supremo supervisa la condena de los ERE
CANAL SUR MEDIA
04 may 2022 - 00:00

Los abogados de los 19 condenados por el caso de los ERE están siendo muy críticos con la sentencia de la Audiencia de Sevilla. Coinciden en afirmar que está llena de contradicciones, de conjeturas y de juicios de valor. La defensa del expresidente de la Junta, Jose Antonio Gríñán, condenado a 6 años de prisión, considera que se ha vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. A su juicio no queda acreditado ni que conociera irregularidades en la concesión de las ayudas, ya que seguía los criterios de la intervención, ni que tuviese animo de lucro necesario para atribuirle un delito de malversación. "No puede malversar quien no puede decidir sobre los fondos", ha sostenido su defensor.

Los letrados de los exconsejeros de empleo Jose Antonio Viera y Antonio Fernández y del ex consejero de innovacion Francisco Vallejo han insistido en la falta de pruebas y de claridad en los hechos probados que recoge la sentencias. La vista se celebrará durante dos días. Este jueves será el turno para las defensas del exconsejero de presidencia Gaspar Zarrías y del expresidente de la Junta Manuel Chaves condenado a 9 años de inhabilitación. La fiscalía pide que se confirmen las condenas. El fallo del Supremo no se dará a conocer hasta después de las elecciones andaluzas.

Quien ha realizado su alegato hoy ha sido la defensa del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, que ha pedido al Tribunal Supremo que le absuelva de los delitos de prevaricación y malversación a los que fue condenado en la denominada 'causa de los ERE' al considerar que en los hechos probados no figura "ninguna irregularidad" del entonces consejero y ha insistido en que tampoco consta que tuviera "ningún ánimo de lucro". "No puede malversar quien no puede decidir sobre el destino de los fondos", ha dicho.

El letrado José María Calero ha alegado que Griñán llegó a la Junta en abril de 2004 y que no tuvo "ninguna relación" con los hechos probados considerados núcleo de la causa, es decir, la puesta en marcha del supuesto programa de subvenciones. "No tiene relación con la creación de ese mecanismo", ha señalado para luego reiterar que "no tiene nada que ver ni con las subvenciones, ni con el convenio ni con las ayudas individuales".

La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla sobre el procedimiento de concesión de las ayudas sociolaborales indicaba que Griñán era "plenamente consciente de la palmaria y patente ilegalidad de los actos". Por ello, fue condenado por un delito continuado de prevaricación a 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público y en concurso medial con un delito continuado de malversación, y a 6 años de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 20 años.

También este miércoles se ha escuchado a la defensa del expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves, que ha pedido al Tribunal Supremo que le absuelva del delito de prevaricación por el que fue condenado en la denominada 'causa de los ERE'. Se ha escudado en sentencias anteriores del Alto Tribunal para defender que los dos acuerdos relativos a los anteproyectos de los Presupuestos andaluces --que aprobó cuando estaba en el Consejo de Gobierno-- no pueden considerarse actos administrativos sino actos políticos, por lo que no sería aplicable el delito de prevaricación.

El letrado Pablo Jiménez de Parga se ha pronunciado durante la vista pública sobre los recursos interpuestos contra la sentencia de los ERE que dictó la Audiencia Provincial de Sevilla por la que se condenó a varios excargos de Andalucía por delitos de prevaricación y malversación. En aquella resolución se concluyó que Chaves, como presidente del Consejo de Gobierno, era "plenamente consciente de la palmaria y patente ilegalidad de los actos".

El abogado ha insistido en que "ni los acuerdos por los que el Consejo de Gobierno aprobó el anteproyecto de ley de Presupuestos --y acordó su remisión al Parlamento-- ni las modificaciones presupuestarias pueden ser calificadas en un concepto de resolución en asunto administrativo".

Así las cosas, ha alegado que en el caso de los dos acuerdos que aprobó no sería posible aplicar el artículo 404 del Código Penal por el que se castiga el delito de prevaricación y por el que se condenó a Chaves a nueve años de inhabilitación. Y ha puntualizado que no intervino en ningún otro: "No hay uno solo de los hechos probados que diga que Chaves participó en ninguna otra de las resoluciones que esta sentencia califica de prevaricadoras".

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