Los ex altos cargos condenados por los ERE ingresan en prisión
audiencia de sevilla
Los condenados, excepto Martínez Aguayo que ingresó la pasada semana, han ido acudiendo a diversas prisiones dentro del plazo impuesto por la Audiencia para cumplir su condena.
Griñán está a la espera de una decisión sobre su petición de aplazamiento para tratarse del cáncer que padece.
A lo largo de este lunes, cinco de los ex altos cargos condenados por los ERE han entrado en prisión para cumplir la pena de cárcel impuesta por la Audiencia de Sevilla. José Antonio Griñán está a la espera de la decisión de la Audiencia después de que solicitara un aplazamiento por motivos de salud tras serle diagnosticado un cáncer de próstata. El ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá tampoco ingresará al padecer una grave e incapacitante enfermedad.
Tras Carmen Martínez Aguayo, que ingreso a mediados de la pasada semana, Antonio Fernández entraba este domingo en la cárcel Puerto II, en el Puerto de Santamaría, para cumplir la pena de siete años, once meses y un día cárcel impuesta por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, por un delito de malversación derivado del mecanismo o "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y ayudas arbitrarias a empresas, con cargo a los fondos autonómicos.
Por su parte, José Antonio Viera, exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía y sentenciado a siete años y un día de cárcel y a 18 años de inhabilitación por el caso de los ERE, ingresaba este lunes en la prisión de Huelva.
VALLEJO, RODRÍGUEZ Y SERRANO
Los tres últimos ex altos cargos de la Junta de Andalucía cuyo plazo para ingresar en prisión finalizaba este lunes, condenados por el caso de los ERE fraudulentos, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez y el ex director general de IFA-IDEA Miguel Ángel Serrano, ingresaban poco después de las 18.00 horas en la prisión Sevilla I, acompañados por una decena de familiares.
Los tres han llegado a la prisión sevillana dos minutos antes de las 18.00 horas, acompañados por familiares y amigos en cuatro vehículos en total, que les han acompañado hasta un aparcamiento lateral de la prisión, donde se han despedido de ellos.
Con semblante serio y sin hacer declaraciones, y visiblemente emocionado sobre todo Vallejo, que se ha puesto unas gafas de sol a pesar de haber caído ya la tarde, han recorrido en solitario los aproximadamente 30 metros que les separaban de los vehículos para entrar en la oficina de ingreso a la prisión, tras subir una pequeña rampa, con una bolsa de mano cada uno de ellos como único equipaje.
La entrada, a las 18.01, ha coincidido con la hora de visitas de la prisión y la de regreso de los reclusos que han estado de permiso durante las fiestas navideñas, de modo que la escena, junto a la presencia de medios de comunicación, ha levantado cierta expectación en el aparcamiento de la cárcel.
Ahora deberán estar unos días en el módulo de ingresos de la prisión sevillana y tras ser sometidos a entrevistas de los departamentos de psicología y servicios sociales, entre otros, se les asignará el departamento definitivo donde cumplirán sus respectivas condenas.
Francisco Vallejo, exconsejero de Innovación, está condenado a siete años y un día y a 18 años de inhabilitación por prevaricación y malversación.
Jesús María Rodríguez, que fue viceconsejero de Innovación, está condenado a seis años de cárcel y 15 años de inhabilitación por prevaricación y malversación, y Miguel Ángel Serrano, ex director general de IDEA (la empresa pública que concedía el dinero público), a seis años y seis meses de prisión y 17 de inhabilitación por prevaricación y malversación.
Ya se encuentran en la cárcel la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez-Aguayo, que debe cumplir una pena de seis años; el exconsejero de Empleo Antonio Fernández, condenado a siete años, once meses y un día y a 19 años y seis meses de inhabilitación por malversación y prevaricación, y José Antonio Viera.
El expresidente andaluz José Antonio Griñán no entrará en prisión para cumplir la condena de seis años hasta que la Audiencia de Sevilla reciba un informe del Instituto de Medicina Legal sobre el cáncer de próstata que padece.
Tampoco ingresará el consejero Agustín Barberá, al que la Audiencia suspendió su entrada en la cárcel por enfermedad grave.
DESESTIMADOS LOS RECURSOS DE SÚPLICA
Recientemente, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla desestimaba los recurso de súplica del expresidente socialista de la Junta José Antonio Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román; contra el auto de fecha 15 de noviembre, en el que esta instancia judicial denegaba ya las peticiones iniciales de suspensión de las penas de cárcel que pesan sobre ellos.
Tales peticiones de suspensión de las condenas a cárcel esgrimían principalmente las solicitudes de indulto parcial elevadas por los condenados al Ministerio de Justicia y los incidentes de nulidad planteados ante el Tribunal Supremo, que ante sus recursos de casación contra la sentencia inicial condenatoria de la Sección Primera de la Audiencia, confirmó plenamente las citadas penas de cárcel salvo en el caso del exdirector de Trabajo Juan Márquez, respecto al cual redujo la pena de cárcel de siete años y un día de prisión a tres años, al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño.
La defensa de Griñán, en concreto, solicitaba una ampliación de "tres meses" en el plazo de diez días fijado para su ingreso voluntario en prisión, para "evitar un cumplimiento (de la pena de cárcel) que pudiera ser fallido, indebido innecesario o improcedente". "Porque lo que es innegable es que si fuera concedido el indulto parcial o estimada la cuestión de nulidad por la que se interesa la reducción de la pena a dos años, el ingreso en prisión que se ordena resultaría fallido, indebido o improcedente, es decir, innecesario".
En ese marco, en el auto objeto de estos recursos de súplica contra la denegación de las peticiones de suspensión de las penas de cárcel de los condenados, la Sección Primera de la Audiencia admitía "la carencia de antecedentes penales de los condenados", pero por otra parte señalaba "la gravedad y extensión de las penas, lo que impide la suspensión de la ejecución de la pena en todas las formas recogidas en el artículo 80 y siguientes del Código Penal, motivo por el que todos ellos han solicitado la suspensión de la ejecución mientras se tramita el indulto".
NADA "ACONSEJA" SUSPENDER LAS PENAS DE CÁRCEL
"No concurre circunstancia alguna que aconseje la suspensión de la pena por petición de indulto", resumían los magistrados, que señalaban igualmente, respecto a los incidentes de nulidad planteados ante el Supremo por las defensas, que "en modo alguno la presentación del incidente puede dar lugar a la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas en sentencia firme", pues ello "supondría un quebranto de los preceptos que regulan la suspensión de la ejecución de las penas y el cumplimiento efectivo de las mismas".
En cuanto a Juan Márquez, condenado a tres años de cárcel, la sala argumentaba que "su situación es distinta, siendo la pena inferior en tres y cuatro años a la del resto, lo que unido a la carencia de antecedentes penales y a razones objetivas que determinaron una cuantitativa rebaja penológica en la sentencia dictada por el TS, son circunstancias a tener en cuenta para que se proceda, por un tiempo prudencial de un año, a la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad mientras se tramite el indulto".
"CUESTIONES YA RESUELTAS"
En ese sentido, frente a los recursos de súplica de Griñán, Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, José Antonio Viera, Antonio Fernández, Agustín Barberá, Miguel Angel Serrano y Jesús María Rodríguez Román; la Audiencia exponía en su nuevo auto que los mismos "plantean cuestiones ya resueltas en el auto recurrido y no hay dato o circunstancia alguna que permita reformar la resolución dictada", que "fundamenta suficientemente la denegación de la suspensión" de las penas de prisión.
"No en vano, la duración de las sesiones del juicio se prolongaron durante un año, dada la complejidad del asunto, además del tiempo necesario para la redacción de la sentencia", resaltaban en su nuevo auto los magistrados, concluyendo que "el transcurso del tiempo no es motivo para la concesión de la suspensión solicitada" y ratificando así el auto impugnado.
EL CASO DE BARBERÁ
Aunque el tribunal desestimó el recurso del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, sí accedió a suspender su ingreso en prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su defensa en base al artículo 80.4 del Código Penal, relativo al caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, al estar pendiente de informe por el médico forense.
Así, finalmente, el tribunal requería a todos los condenados a cárcel, salvo Barberá, para que en un plazo de diez días que finalizaría este lunes 2 de enero "ingresen voluntariamente" en prisión.
LA SITUACIÓN DE GRIÑÁN
Empero, la defensa de José Antonio Griñán alegó que al mismo le ha sido diagnosticada recientemente una enfermedad grave sobrevenida, solicitando de nuevo la suspensión del plazo de ingreso en prisión respecto a este encartado, con arreglo a tal motivo.
Ante ello, y una vez vista la documentación médica aportada por la representación de Griñán, la Sección Primera de la Audiencia ordenaba que un forense del Instituto de Medicina Legal examinase la documentación e hiciese un reconocimiento a Griñán en caso de ser necesario, para que emitiese un informe "valorando si el ingreso en centro penitenciario pudiera tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito".